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Posicionamiento de Article 19 frente a la designación del nuevo comisionado presidente del INAI

Ciudad de México, a 12 de mayo de 2017.- En el marco de la elección del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas para presidir el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) durante el periodo 2017-2020, que tuvo lugar el 12 de mayo de 2017, desde la Oficina para México y Centroamérica de Article 19, consideramos pertinente plantear lo siguiente:

Es fundamental que la presidencia del Pleno considere como un tema prioritario la discusión en torno a la aprobación de una Ley General de Archivos que garantice la rendición de cuentas y evite políticas de olvido en casos de corrupción, violaciones graves a derechos humanos y delitos de lesa humanidad.

Históricamente, la bandera de la protección de datos personales ha sido utilizada para restringir acceso a documentos con información que potencialmente podría implicar a personas vinculadas a violaciones graves de derechos humanos o casos de corrupción, asegurando las condiciones que resguardan la impunidad. Por ello, los archivos históricos de violaciones graves a derechos humanos deben ser públicos, irrestrictos y difundidos proactivamente.

Conminamos a que el comisionado Acuña promueva dentro del Pleno una postura en la que se resuelva en favor de la apertura de la información en casos que, prima facie, puedan constituir una violación grave, un acto de corrupción o un delito de lesa humanidad. El poder judicial le ha recordado esto al IFAI/INAI en, por lo menos, dos ocasiones, relativas a las masacres de migrantes en San Fernando y Cadereyta.

La continuidad de espacios como la plataforma Memoria y Verdad debe ser garantizada. El actual contexto requiere que se resguarde la memoria y se promueva la no-repetición. El comisionado Acuña tiene la oportunidad de consolidar una plataforma que incorpore nuevos casos y se convierta en un referente de acceso a la información en la materia.

En México y en el resto de los países de América Latina y el Caribe, las sociedades que históricamente conocen de atroces dictaduras y violaciones graves a los derechos humanos, reconocen la incompatibilidad del “derecho al olvido” respecto a la trascendencia del “derecho a la verdad” para la recuperación de la memoria histórica.

En 2016, según el Índice Nacional de los Órganos Garantes del Derecho a la Información (INOGDAI), la mayor parte de los estados ni siquiera tienen presupuesto asignado para la promoción del derecho de acceso a la información. El comisionado presidente debe comprometerse no sólo a promover convenios de colaboración, como señala en su plan de trabajo, sino también a que todos los órganos garantes tengan las capacidades de promover proactivamente el derecho a la información y la protección de datos personales.

Algunas referencias del comisionado Acuña en su plan de trabajo hacen suponer un desconocimiento sobre la forma en la que los sujetos obligados a nivel estatal y municipal – e incluso federal – siguen gestionando, hasta el día de hoy, la información que generan y resguardan. Es de vital importancia que el presidente electo reconozca las falencias en materia de acceso a la información que prevalecen en todos los niveles de gobierno para que puedan atenderse y solventarse.

Solicitamos también que lo que define en su plan de trabajo como “el carácter digital” de la gestión documental y de archivos del Instituto no actúe en detrimento del amplio sector de la población que no tiene acceso a internet ni a las nuevas tecnologías al momento de buscar acceder a la información pública. Las múltiples realidades que se viven en nuestro país demandan un INAI proactivo, que no se limite a subir información a la red, sino que se tome en serio el reto de acercar la información a todos y cada uno de los ciudadanos que conformamos esta nación.

El núcleo de organizaciones de la sociedad civil que conforma la Alianza para el Gobierno Abierto, construyó la metodología para el tercer plan de acción. El INAI aportó durante meses, como parte del Secretariado Técnico Tripartita, diferentes insumos para fortalecer la creación de un Estado Abierto, sin embargo, queda pendiente sumar a la estrategia al Poder Judicial y al Poder Legislativo para respaldar los planteamientos de las mesas de trabajo.

Con respecto a la Plataforma Nacional de Transparencia, en el plan de trabajo del comisionado Acuña no hay referencia alguna a la necesidad de mejorarla, pese a que, desde su inicio, ésta ha tenido diversos errores de programación que dificultan el acceso a la población. Es prioritario que todos los sujetos obligados locales sean integrados en la plataforma, o bien, que la presidencia del INAI urja la construcción de los lineamientos para que los municipios con población menor a 70,000 habitantes cumplan con sus obligaciones de transparencia y rendición de cuentas.

Por último, el INAI debe hacer uso de sus facultades institucionales para aplicar la legislación en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados cuando éstos sean utilizados para fines de vigilancia de las comunicaciones.

Estas son algunas de las directrices que la Oficina para México y Centroamérica de Article 19 considera de particular importancia para que el INAI sustente los principios sobre los cuales se ha cimentado y que dan razón a su existencia de acuerdo con el marco constitucional.

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