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Nuevo Código Penal cubano, atenta contra los derechos humanos

Ciudad de México 6 de septiembre de 2022.- ARTICLE 19 tiene conocimiento del nuevo Código Penal cubano, publicado el 1 de septiembre de 2022, en la Gaceta Oficial. Aunque se trata de una ley que entrará en vigor luego de noventa días naturales, es necesario advertir su carácter autoritario. Desde la perspectiva de ARTICLE 19, este busca impedir el ejercicio de los derechos humanos en contraposición al Estado, particularmente las libertades de expresión, prensa, reunión, manifestación y asociación.                                                            

En dicho código penal, se tipifican conductas cuya formulación es amplia, posibilita usar el derecho penal con base en la discrecionalidad estatal y no se ajusta a la regla que establecen los estándares internacionales en materia de derechos humanos sobre la prohibición de redactar tipos penales abstractos, vagos, amplios o ambiguos. Es una ley que podría ser utilizada como justificación para reprimir lo que las autoridades considere “provocaciones”.

Un ejemplo de esto es el artículo 143 cuando se refiere a “Otros actos contra la Seguridad del Estado”. En ese artículo se establecen penas entre cuatro y diez años de prisión para quienes reciban financiamiento independiente en Cuba. Esto supone un riesgo para el ejercicio del periodismo alternativo e independiente, así como para el activismo político y por los derechos humanos dentro del país. Muchos medios de prensa no controlados por el gobierno reciben recursos financieros desde el exterior, pues no tienen la posibilidad de gestionar sus propios ingresos dentro de Cuba. Lo mismo ocurre con personas defensoras de derechos humanos.

A esto se añade la poca transparencia y cobertura ofrecida por las instituciones estatales sobre el proceso de confección del Código Penal y los criterios emitidos por los ciudadanos, lo cual refuerza la desconfianza hacia su contenido. Reformas similares se han impulsado en países como El Salvador, Nicaragua y Venezuela, por lo que Cuba se coloca en sintonía con Estados latinoamericanos que han impulsado el uso del derecho penal contra el libre ejercicio de la libertad de expresión y otros derechos humanos.

Otra evidencia de la naturaleza represiva del nuevo Código Penal, es la sanción del ejercicio “arbitrario” de derechos constitucionales. Acorde con lo pautado en el artículo 202 de la mencionada ley, las personas incurren en esta conducta al ejercer directamente un derecho, sin antes acudir a la autoridad competente para realizar el derecho que le corresponda o razonablemente crea corresponderle. De esta forma, se pretende que ejerzan sus derechos con la autorización de las autoridades y mediante vías institucionales. Así, se evita la oposición de estos frente a los intereses estatales.

Dada la experiencia previa donde el gobierno cubano ha demostrado una actitud autoritaria ante la manifestación pacífica, es muy posible que las personas interesadas no ejerzan con certidumbre y libertad el derecho a la manifestación pacífica. Es válido recordar que activistas cubanos trataron de manifestarse de manera pacífica en noviembre de 2021. Para ello, solicitaron permiso a las autoridades, las cuales se lo negaron. Las autoridades cubanas mandan un claro mensaje con la incorporación de este código a su ordenamiento jurídico: no solo es imposible oponer los derechos al Estado, sino que es posible ir a la cárcel por eso.

La configuración de delitos como los comentados y de otros no genera seguridad jurídica para la ciudadanía. No se trata de conductas claras a las cuales adscribirse como en los casos mencionados, o en delitos como el Desacato, la Propaganda Enemiga o los Desórdenes Públicos. Esta legislación penal profundiza el estado de indefensión de la ciudadanía cubana, porque no hay claridad en cuanto a lo que es identificable como delito y lo que no. Son delitos cuya construcción ha sido utilizada, no solo en Cuba, sino en otros países, para criminalizar el periodismo independiente, la protesta social y la oposición política.

Ante esta situación, ARTICLE 19 hace un llamado al gobierno de Cuba a ajustar su legislación y prácticas a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión y demás libertades fundamentales. Al mismo tiempo, recuerda los compromisos de dicho Estado con los instrumentos jurídicos sobre de derechos humanos sobre todo por su participación en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Por último, convoca a los organismos internacionales, tanto regionales como del sistema universal especializados en derechos humanos, y las organizaciones de la sociedad civil, a prestar especial atención al uso del derecho penal contra opositores políticos, activistas por los derechos humanos y periodistas independientes en Cuba.

Foto: Cuartoscuro

Nota para prensa
Para más información, favor de contactar a comunicacion@article19.org 
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