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Ley de Transparencia en Tabasco es inconstitucional

México D.F., a 8 de diciembre de 2015.- El Colectivo por la Transparencia, ARTICLE 19 y México Infórmate hacemos un llamado urgente a los diputados locales, al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), así como al Instituto Tabasqueño de Acceso a la Información Pública (ITAIP) a modificar la ley de transparencia de Tabasco ya que sienta un grave precedente en contra del derecho de acceso a la información.

El pasado viernes 4 de diciembre, el Congreso de Tabasco aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Tabasco que establece en sus artículos 163, 169 y 170 la figura del recurso de revisión en materia de seguridad estatal interpuesto por el Coordinador General de Asuntos Jurídicos del Poder Ejecutivo de Tabasco. Este ordenamiento es regresivo y contraviene el espíritu del artículo sexto constitucional, así como los principios contenidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.

Si se publica la ley tal cual, los diputados locales, los comisionados del Inai, así como del ITAIP, deben actuar para proteger el derecho de acceso a la información. Como lo prevé el artículo 105 de la Constitución mexicana tienen 30 días naturales a partir de la publicación de la nueva ley para presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Es de suma importancia que estos actores se movilicen para impedir este grave retroceso en materia de transparencia y acceso a la información. El recurso de revisión en materia de seguridad estatal es contrario al derecho de acceso a la información por las siguientes razones abajo expuestas:

  1. Este recurso pretende copiar la criticada facultad del Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal para interponer el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, misma que es exclusiva del ámbito federal, y por lo tanto no existe sustento legal para ser replicada en el ámbito estatal.
  1. Las resoluciones de los institutos son definitivas e inatacables. El recurso de revisión por seguridad estatal es contrario a estos principios y vulnera los principios de especialización, de expeditez en los procedimientos de revisión de acceso a la información e imparcialidad del órgano garante. Esto significa que, en la práctica, el acceso a la información para el ciudadano perderá su calidad de expedito, además de que se judicializa un derecho humano y se contradice el reconocimiento expreso de la especialización y autonomía del órgano garante para dirimir las controversias que se susciten en esta materia.
  1. El concepto de seguridad estatal es ambiguo e inexistente. El concepto de seguridad estatal no es una causal de reserva prevista en la Constitución o en la Ley General de Transparencia para limitar el derecho de acceso a la información. Es un término vago que permite que el poder ejecutivo estatal pueda combatir las resoluciones del órgano garante bajo una excepción amplia y ambigua.
  1. Esta ley sienta un precedente grave que podría ser replicable en otros estados; 28 entidades federativas no han armonizado todavía su ley de Transparencia y podrían seguir el mal ejemplo de Tabasco. Es importante eliminar estas medidas regresivas antes de que se propaguen.

Este revés a la transparencia aún puede ser combatido. El Colectivo por la Transparencia, ARTICLE 19 y México Infórmate exhortamos a los diputados locales y a los comisionados del Inai y del ITAIP a actuar con rapidez a favor del derecho a saber y a usar sus facultades para modificar la Ley de Transparencia de Tabasco.

 

COLECTIVO A19 MEXICO INFORMATE

 

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al + 52 55 1054 6500 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

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