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Feudalismo estatal y opacidad

A nivel Federal se ha avanzado en la construcción de instituciones democráticas que garantizan los derechos fundamentales de las personas y limitan y controlan al poder público. No es la misma situación en muchas de las entidades federativas, en donde, sin importar que existan comisiones de derechos humanos, institutos electorales, órganos de transparencia o de fiscalización, el poder de las y los gobernadores constituye un verdadero feudo que no encuentra contrapeso alguno. La opacidad y discrecionalidad en la utilización de recursos públicos por parte del Gobernador de Quintana Roo es un ejemplo representativo de esto.

 

Fuente: www.larevista.com.mx

El pasado 31 de julio en la cancha del Estadio Azul, frente a medios de comunicación y miles de personas, a nombre del Gobierno de Quintana Roo, el Mandatario Roberto Borge Angulo entregó a la “Fundación Leo Messi” un cheque por la cantidad de un millón 160 mil pesos para que los amigos de Messi jueguen el próximo año un partido a beneficio del Sistema de Desarrollo Integral para la Familia (DIF) de la entidad “Lionel Messi se compromete a meter goles por el DIF”.

Nos cuestionamos bajo qué justificación el gobierno del Estado otorga cuantiosos recursos públicos a una Fundación privada ¿De dónde provienen esos recursos y cuáles son los compromisos adquiridos y los resultados esperados? UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL PESOS representa, de acuerdo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2011, el 11.6% del total del presupuesto asignado a la cobertura a población vulnerable y casi la cuarta parte del programa de prevención y atención del abuso sexual contra las niñas y los niños del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Quintana Roo (DIF).

 

Al tratarse de un donativo de esta magnitud, aun cuando estos no hayan sido ejercidos, mediante el Sistema de Solicitudes de Información del Estado de Quintana Roo, solicitamos (Folio 00118411): 1) la partida presupuestaria correspondiente; 2) el objeto del donativo, así como los compromisos de la “Fundación Leo Messi” y, 3) el Convenio o documento que formalizara la entrega de los recursos y su utilización. La respuesta de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo es indignante. Nos informa que, después de consultar a las Secretarías de Hacienda y Desarrollo Social, la Secretaría Particular del Ejecutivo, los Servicios Estatales de Salud y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Quintana Roo, se determinó que “hasta la presente fecha, no se ha generado gasto, ni existe documento alguno respecto a recursos entregados a la Fundación Messi”.

Cómo es posible que no exista registro alguno de la entrega o convenio de este significativo donativo ampliamente publicitado. Claramente se trata de un acto ilegal que pretende ocultar la información sobre la utilización de recursos públicos. Veamos:

Si consideramos, primero, que existe la foto de del Gobernador entregando un cheque al futbolista argentino y, segundo, que la Ley de Transparencia de Quintana Roo “tiene por objeto garantizar el acceso de toda persona a la información pública que generen, recopilen, mantengan, procesen, administren o se encuentre en posesión de los Sujetos Obligados” (Art. 1°), es inadmisible que nieguen la información. Para generar el cheque es obvio que se tuvo que seguir un procedimiento administrativo para obtener los recursos de algún lado, los cuales están depositados en alguna cuenta, la cual está destinada para ciertos fines. Preocupa la impunidad y el cinismo con que se niega esta información.

Peor aún, el gobierno estatal está violando la fracción IX del artículo 15 de la Ley de Transparencia, la cual establece como obligación de los Sujetos Obligados, publicar de manera permanente y actualizada, la información sobre “Los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino, así como los informes que dichas personas deben entregar sobre el uso y destino de éstos”.

Existe diversas experiencias que han documentado cómo las autoridades (estatales y federales) recurren a la figura de “inexistencia de la información” para no dar acceso a la información solicitada. El problema con este tipo de respuesta es que se violenta el derecho de acceso a la información pública al no garantizar procesos sencillos y expeditos para la obtención de la información, así como poner en el solicitante la carga de la prueba al obligarlo a recurrir la respuesta ante el Órgano garante y demostrar que dicha información debe existir.

En este caso, consideramos que la inexistencia de la información es una respuesta en sí, la cual es ilegal y pretende ocultar información. Ello es así, porque nos permite inferir graves conclusiones: 1) El gobernador del estado puede disponer de los recursos públicos a su  antojo y sin ningún tipo de control ni exigencia de rendición de cuentas; 2) los recursos se utilizaron con fines de propaganda de la imagen del gobernador por encima de los intereses y necesidades de la gente, 3) la entrega de recursos públicos no comprometió ninguna garantía para su adecuada utilización y, 4) el diseño institucional estatal es insuficiente para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidad pública.

Es evidente que ni la Ley de Transparencia ni otro mecanismo institucional son efectivos para controlar la utilización de los recursos públicos del estado y, menos aún, que exista una cabal rendición de cuentas sobre esta. Por eso,  la inexistencia de información sobre la utilización de este recurso público es un acto que debe ser investigado y sancionado. Por ello, ARTÍCULO 19 emprenderá diversas acciones legales que contribuyan a combatir la ilegalidad impune de las autoridades estatales: Primero, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 98 de la Ley de Transparencia estatal, denunciaremos a los servidores públicos que resulten responsables del ocultamiento de la información pública para que sean sancionados y, segundo, solicitaremos a la Secretaría de la Contraloría del Estado una investigación sobre la correcta aplicación de estos recursos públicos.

La publicidad de los actos gubernamentales es una obligación indispensable del Estado constitucional de Derecho como condición fundamental para el control democrático de dichos actos y la responsabilidad pública.  La corrupción, la impunidad y el alejamiento de la clase política de las verdaderas preocupaciones de la gente son poderosos venenos de la legitimidad democrática. Es hora de probar, revisar y denunciar el diseño institucional actual que permite el autoritarismo estatal con disfraz democrático y exigir verdaderos mecanismos que hagan realidad al Estado de derecho.

 

A nivel Federal se ha avanzado en la construcción de instituciones democráticas que garantizan los derechos fundamentales de las personas y limitan y controlan al poder público. No es la misma situación en muchas de las entidades federativas, en donde, sin importar que existan comisiones de derechos humanos, institutos electorales, órganos de transparencia o de fiscalización, el poder de las y los gobernadores constituye un verdadero feudo que no encuentra contrapeso alguno. La opacidad y discrecionalidad en la utilización de recursos públicos por parte del Gobernador de Quintana Roo es un ejemplo representativo de esto.

 

Fuente: www.larevista.com.mx

El pasado 31 de julio en la cancha del Estadio Azul, frente a medios de comunicación y miles de personas, a nombre del Gobierno de Quintana Roo, el Mandatario Roberto Borge Angulo entregó a la “Fundación Leo Messi” un cheque por la cantidad de un millón 160 mil pesos para que los amigos de Messi jueguen el próximo año un partido a beneficio del Sistema de Desarrollo Integral para la Familia (DIF) de la entidad “Lionel Messi se compromete a meter goles por el DIF”.

Nos cuestionamos bajo qué justificación el gobierno del Estado otorga cuantiosos recursos públicos a una Fundación privada ¿De dónde provienen esos recursos y cuáles son los compromisos adquiridos y los resultados esperados? UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL PESOS representa, de acuerdo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2011, el 11.6% del total del presupuesto asignado a la cobertura a población vulnerable y casi la cuarta parte del programa de prevención y atención del abuso sexual contra las niñas y los niños del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Quintana Roo (DIF).

 

Al tratarse de un donativo de esta magnitud, aun cuando estos no hayan sido ejercidos, mediante el Sistema de Solicitudes de Información del Estado de Quintana Roo, solicitamos (Folio 00118411): 1) la partida presupuestaria correspondiente; 2) el objeto del donativo, así como los compromisos de la “Fundación Leo Messi” y, 3) el Convenio o documento que formalizara la entrega de los recursos y su utilización. La respuesta de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo es indignante. Nos informa que, después de consultar a las Secretarías de Hacienda y Desarrollo Social, la Secretaría Particular del Ejecutivo, los Servicios Estatales de Salud y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Quintana Roo, se determinó que “hasta la presente fecha, no se ha generado gasto, ni existe documento alguno respecto a recursos entregados a la Fundación Messi”.

Cómo es posible que no exista registro alguno de la entrega o convenio de este significativo donativo ampliamente publicitado. Claramente se trata de un acto ilegal que pretende ocultar la información sobre la utilización de recursos públicos. Veamos:

Si consideramos, primero, que existe la foto de del Gobernador entregando un cheque al futbolista argentino y, segundo, que la Ley de Transparencia de Quintana Roo “tiene por objeto garantizar el acceso de toda persona a la información pública que generen, recopilen, mantengan, procesen, administren o se encuentre en posesión de los Sujetos Obligados” (Art. 1°), es inadmisible que nieguen la información. Para generar el cheque es obvio que se tuvo que seguir un procedimiento administrativo para obtener los recursos de algún lado, los cuales están depositados en alguna cuenta, la cual está destinada para ciertos fines. Preocupa la impunidad y el cinismo con que se niega esta información.

Peor aún, el gobierno estatal está violando la fracción IX del artículo 15 de la Ley de Transparencia, la cual establece como obligación de los Sujetos Obligados, publicar de manera permanente y actualizada, la información sobre “Los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino, así como los informes que dichas personas deben entregar sobre el uso y destino de éstos”.

Existe diversas experiencias que han documentado cómo las autoridades (estatales y federales) recurren a la figura de “inexistencia de la información” para no dar acceso a la información solicitada. El problema con este tipo de respuesta es que se violenta el derecho de acceso a la información pública al no garantizar procesos sencillos y expeditos para la obtención de la información, así como poner en el solicitante la carga de la prueba al obligarlo a recurrir la respuesta ante el Órgano garante y demostrar que dicha información debe existir.

En este caso, consideramos que la inexistencia de la información es una respuesta en sí, la cual es ilegal y pretende ocultar información. Ello es así, porque nos permite inferir graves conclusiones: 1) El gobernador del estado puede disponer de los recursos públicos a su  antojo y sin ningún tipo de control ni exigencia de rendición de cuentas; 2) los recursos se utilizaron con fines de propaganda de la imagen del gobernador por encima de los intereses y necesidades de la gente, 3) la entrega de recursos públicos no comprometió ninguna garantía para su adecuada utilización y, 4) el diseño institucional estatal es insuficiente para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidad pública.

Es evidente que ni la Ley de Transparencia ni otro mecanismo institucional son efectivos para controlar la utilización de los recursos públicos del estado y, menos aún, que exista una cabal rendición de cuentas sobre esta. Por eso,  la inexistencia de información sobre la utilización de este recurso público es un acto que debe ser investigado y sancionado. Por ello, ARTÍCULO 19 emprenderá diversas acciones legales que contribuyan a combatir la ilegalidad impune de las autoridades estatales: Primero, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 98 de la Ley de Transparencia estatal, denunciaremos a los servidores públicos que resulten responsables del ocultamiento de la información pública para que sean sancionados y, segundo, solicitaremos a la Secretaría de la Contraloría del Estado una investigación sobre la correcta aplicación de estos recursos públicos.

La publicidad de los actos gubernamentales es una obligación indispensable del Estado constitucional de Derecho como condición fundamental para el control democrático de dichos actos y la responsabilidad pública.  La corrupción, la impunidad y el alejamiento de la clase política de las verdaderas preocupaciones de la gente son poderosos venenos de la legitimidad democrática. Es hora de probar, revisar y denunciar el diseño institucional actual que permite el autoritarismo estatal con disfraz democrático y exigir verdaderos mecanismos que hagan realidad al Estado de derecho.

 

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