México utiliza detención arbitraria de personas defensoras para inhibir la defensa de los DH
Ciudad de México a 19 de marzo de 2016.- De agosto de 2014 a diciembre de 2015, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU emitió cinco opiniones oficiales al gobierno de México en las que considera que existieron detenciones arbitrarias e irregularidades en los procesos penales de cinco personas defensoras de derechos humanos. El hecho es inédito. Es la primera vez que el Grupo emite tal número de opiniones en un lapso de poco más de 1 año.
Damián Gallardo Martínez, Pedro Celestino Canché Herrera, Librado Jacinto Baños Rodríguez, Enrique Guerrero Aviña y Nestora Salgado García (todos con situaciones independientes y particulares) fueron detenidos arbitrariamente y encarcelados por delitos que no cometieron. Algunos de ellos fueron obligados a firmar confesiones de hechos delictivos bajo tortura y amenazas de represalias contra sus familias, y enviados a penales de máxima seguridad en confinamiento solitario. Además se les fabricaron cargos y sufrieron agresiones de distintos agentes estatales, dentro y fuera de las instalaciones penitenciarias en las que permanecieron o permanecen recluidos.
Es de especial preocupación que las cinco personas detenidas arbitrariamente son defensoras de derechos humanos o periodistas, en su mayoría indígenas, y que su detención se dio en represalia a su labor y, así, como parte del patrón de criminalización de la protesta social en México. La preocupación de la ONU por este patrón de detenciones arbitrarias contra personas defensoras de derechos humanos fue resaltada por el Grupo de Trabajo en su opinión No 56/2015, relativa al caso de Nestora Salgado García.
Los cinco casos aquí referidos son emblemáticos de este grave patrón, que también ha sido evidenciado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En su informe sobre la Situación de Derechos Humanos en México, publicado en diciembre 2015, destaca: “La tortura es generalizada y se presenta frecuentemente entre el momento de una detención – que suele ser arbitraria – y antes de que la persona detenida sea puesta a disposición de un juez”. Y agrega: “Las detenciones son utilizadas políticamente como herramienta para acallar voces disidentes, movimientos sociales y movimientos estudiantiles”.
De las cinco opiniones emitidas por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, el Estado mexicano solo ha dado cumplimiento parcial a dos, a través de la liberación de Nestora Salgado García y de Pedro Celestino Canché Herrera, sin que cese totalmente la persecución penal en contra de ambos defensores.
Es por demás preocupante que el Estado, en el marco del proceso ante la ONU, no haya respondido a las comunicaciones emitidas en dos de los casos -según manifestaciones del mismo grupo de trabajo-. El hecho, evidencia el desinterés de las autoridades mexicanas respecto de la adopción de medidas adecuadas para revertir la situación de peligro que enfrentan las personas defensores de derechos humanos en nuestro país.
Cabe destacar que las opiniones emitidas contienen estándares de suma importancia, basados en normas e instrumentos jurídicos internacionales en favor de los derechos humanos, mismos que han sido ratificados por los Estados miembros de las Naciones Unidas y permeados en el derecho interno de muchos de ellos, inclusive en México.
Es de vital importancia referir los contextos en que se emiten estas cinco opiniones: el de la utilización de los sistemas de justicia para criminalizar y el de la creciente ola de impunidad y arbitrariedad por parte de las autoridades mexicanas.
Quienes suscribimos el presente comunicado consideramos que hoy, más que nunca, es evidente el fin represivo de las detenciones sin sustento para acallar las voces de disenso y nulificar las labores de defensa de los derechos humanos, situación que nos lleva a preguntarnos: ¿cuántos casos como los retomados en estas cinco opiniones quedan en el completo anonimato?
En virtud de lo anterior y conforme a los compromisos adquiridos por el Estado mexicano a nivel internacional en materia de derechos humanos, exigimos que cumpla de forma integral las diversas recomendaciones contenidas en las opiniones emitidas, mismas que deben redundar en la liberación inmediata de las tres personas defensoras de derechos humanos que continúan injusta y arbitrariamente detenidas (Damián Gallardo Martínez, Enrique Guerrero Aviña y Librado Jacinto Baños Rodríguez), así como en la adecuada reparación a la violaciones de derechos humanos sufridas.
ATENTAMENTE
ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica,
Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca A.C.,
Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad A.C.,
Centro de Derechos Humanos Fray Francisco Vitoria O.P.A.C.,
Clínica Internacional de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle.
Comité de Familiares, Amigas y Amigos “Damián Gallardo Martínez”,
Comité Enrique Guerrero Aviña,
Front Line Defenders,
Organización Mundial Contra la Tortura,
Servicios y Asesoría para la Paz A.C., (Serapaz),
Unión Cívica Democrática de Barrios Colonias y Comunidades (UCIDEBACC)
Para mayor información :
Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca A.C.
Santo Tomás 209, Col. Xochimilco
C.P. 68040 Oaxaca, México.
Tel: (045) 951 124 09 02
Para información de casos específicos:
Caso Damián Gallardo Martínez
Yolanda Barranco Hernández
Correo: barrancoyolanda@hotmail.com
Tel: (045) 951 195 64 63
Caso Pedro Celestino Canché Herrera
Luis Eduardo Knaap Moreno
luis@article19.org
Tel: 10-54-65-00
Caso Librado Jacinto Baños Rodríguez
Eva Lucero Rivero Ortiz
Correo: lucero_rivero@hotmail.com
Tel: (045) 954 119 75 30