
Senado aprueba dictamen de reforma a Ley de Telecomunicaciones con graves retrocesos en privacidad y libertad de expresión
Imagen: ARTICLE 19 MX-CA
Actualización 1 de julio de 2025
El fin de semana el Senado aprobó la nueva Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la cual fue turnada a la Cámara de Diputados. Mientras existieron algunas mejoras al texto de la ley, los problemas que persisten siguen resaltando por su potencial de consolidarse como herramientas para la violación de derechos humanos. Entre los principales, resaltan:
La CURP como requisito para la activación de líneas móviles. Esta disposición, sumada a las reformas a la Ley General de Población y a la Ley General en materia de Desaparición Forzada que imponen la CURP biométrica como condición obligatoria para acceder a servicios públicos y privados, y una Plataforma Única de Identidad para monitorear y gestionar la identidad de todas las personas en México con consultas en tiempo real, además de ser discriminatorias ponen en extrema vulnerabilidad los datos de las personas sin el más mínimo control, transparencia ni rendición de cuentas. Además, por la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia que ordena la interconexión entre bases de datos públicas y privadas, las autoridades podrán acceder irrestrictamente a toda la información de una persona para fines compatibles –o no- con los principios democráticos.
Sistema de vigilancia masiva. Además de lo anterior, si bien en la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión se exige control judicial para intervenir comunicaciones privadas, no se explicita el mismo estándar para la geolocalización en tiempo real o el acceso a datos conservados. Una redacción tan ambigua deja abierta la puerta para ingresos arbitrarios por parte de distintos funcionarios públicos. Esto, sumado a la Ley de Inteligencia que establece que el Centro Nacional de Inteligencia podría acceder sin restricciones a las bases de datos, y a la Ley de la Guardia Nacional que determina que los militares también tendrán acceso a los datos personales de la población sin controles, se perfila la configuración de un sistema de vigilancia masiva intrusiva, desproporcionada e incompatible con la protección a los derechos humanos.
Defensoría de las audiencias y entes reguladores: Se establece que cada concesionario debe contar con su propia defensoría sin incorporar mecanismos efectivos de exigibilidad ni supervisión independiente, ni con estándares mínimos de actuación y autonomía. Además, aunque se crea la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, ésta carecería de autonomía constitucional, ya que sus integrantes serán designados por el Ejecutivo Federal y ratificados por el Senado, comprometiendo su independencia real y la toma de decisiones frente al poder político.
Exclusión de propuestas de comunidades y radios comunitarias: La propuesta de las radios comunitarias de incrementar el acceso al espacio radioeléctrico quedó en las mismas condiciones insuficientes. Si bien se hicieron modificaciones para el reconocimiento de la existencia de medios comunitarias, indígenas y afromexicanas, e incluso se les exenta del pago por uso del espectro, no se establecen mecanismos de acceso preferente, simplificación de trámites ni reserva de espectro para estos grupos. Se mantiene una lógica de competencia comercial -que por las condiciones estructurales- deja fuera a comunidades históricamente excluidas.
La nueva Ley de Telecomunicaciones, por sí misma y en combinación con otras legislaciones que se aprueban sin sustento y sin responsabilidad, sigue siendo insuficiente y regresiva en materia de derechos humanos, como la protección de datos personales y privacidad, así como un pendiente en materia de derechos indígenas. Desde ARTICLE 19 rechazamos enérgicamente éstas y las demás disposiciones contenidas en las enunciadas propuestas legislativas, que buscan no expandir sino mermar derechos humanos, al ampliar las capacidades de opacidad y vigilancia estatal.
Ciudad de México, a 27 de junio de 2025.- ARTICLE 19 México y Centroamérica externa su preocupación y rechazo ante el nuevo dictamen de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, presentado hoy para ser discutido y votado en el Senado de la República.
Aunque elimina el art. 109 que permitía el bloqueo de plataformas digitales, persisten disposiciones que vulneran el derecho a la libertad de expresión, privacidad y de acceso a la información.
Abre la puerta a prácticas de vigilancia sin control judicial, ante la creación de un sistema que permite el acceso a datos conservados y la geolocalización en tiempo real. Ello se complementa con la reforma de la Guardia Nacional donde consolida un sistema de vigilancia masiva, faculta a la Sedena a procesar y usar datos para “inteligencia” por motivos de seguridad nacional, sin controles ni salvaguardas. Además, permite a la Guardia Nacional acceder a datos y geolocalización sin orden judicial.
Además, se otorga acceso a “instancias de seguridad” a datos personales, como el registro de identidad de usuarios de telefonía móvil, sin transparencia y rendición de cuentas. Incluye la utilización de la CURP como identificación oficial para activar y mantener activo el servicio de aquellas líneas que estén asociadas a usuarios finales, lo que representa un riesgo de vigilancia por parte del Estado u otras entidades y viola el derecho a la privacidad.
A pesar de los llamados, sigue sin incorporar la perspectiva intercultural y un enfoque diferencial, dejando fuera los derechos de las personas, pueblos y comunidades indígenas en materia.
Por ello, esta reforma representa un grave retroceso en la libertad de expresión, privacidad y acceso a la información y contraviene los más altos estándares internacionales al legalizar prácticas de censura y vigilancia.
Exigimos al Senado retomar la información recolectada en los foros de discusión que se implementaron en el marco de la iniciativa respetando los más altos estándares en derechos humanos.