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Respuesta a la Misión Permanente de Cuba tras su participación en la Sesión del Consejo de Derechos Humanos de NU

Ciudad de México 3 de julio de 2024.- Las organizaciones firmantes rechazamos la declaración de la Misión Permanente de Cuba en el marco de la décimo sexta reunión de la sesión número 56 del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Durante su participación, la vocería cubana llevó a cabo varios señalamientos en contra de ARTICLE 19 y del Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) con el objetivo de desacreditar y obstaculizar el trabajo de denuncia de las violaciones sistemáticas en contra de la Libertad de Expresión que han tenido lugar en la Isla.

El pasado 27 de junio de 2024, la Misión Permanente de Cuba señaló que “las alegaciones proferidas [desde ARTICLE 19] denotan cuando menos un desconocimiento de la realidad cubana”. Señaló que la organización debe “usar fuentes de información serias y actualizadas” debido a que según se mencionó se observa una “conducta parcializada y totalmente poco profesional” lo cual “la mantienen en el descrédito”. Estas acusaciones sin fundamento, además de ser falsas, evidencian la falta de voluntad política de las autoridades cubanas para atender la crisis de derechos humanos en el país y demuestran la forma en la que el Estado cubano utiliza su posición en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas para desacreditar a las organizaciones de la sociedad civil.

Recordamos al gobierno cubano que tanto el Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y de Prensa como ARTICLE 19 realizan una documentación exhaustiva y rigurosa de los casos de violaciones contra la libertad de expresión con base en una metodología seria, objetiva y profesional.

Lamentamos que la representación cubana traslade a un espacio como el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas una estrategia política discursiva de esta naturaleza, que se utiliza a nivel interno contra las voces disidentes para desacreditar a periodistas, personas defensoras de derechos humanos y opositoras. Dicho actuar lo hemos denunciado en reiteradas ocasiones en participaciones públicas, informes, reportes y alertas, incluso con testimonios directos, como un mecanismo de censura y estigmatización en contra de voces disidentes en su país, lo cual muchas veces escala en encarcelamiento y exilio y llega a tener un efecto inhibitorio y de desarticulación de organizaciones.

Condenamos estas declaraciones acompañadas de insinuaciones amenazantes, como el llamamiento a una revisión del funcionamiento del Consejo de Derechos Humanos por parte de la Asamblea General y del Comité de las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) del Consejo Económico y Social (ECOSOC) del mismo organismo, ya que una acción de este tipo busca de forma directa conducir a un cierre de espacios de denuncia y discusión abiertos sobre la precaria situación de libertades y violaciones sistemáticas y generalizadas de derechos fundamentales en Cuba.

Esta petición de la vocería cubana ante el Consejo de Derechos Humanos operaría en contra de los estándares internacionales establecidos por el propio sistema universal. Particularmente, en lo establecido en la Resolución 1996/31 así como lo sugerido en el Informe del Relatoría Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación referentes a la participación de la sociedad civil en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, específicamente, en lo relativo al objetivo número 16 sobre paz, justicia e instituciones sólidas. La cual, entre otra temas a tomar en cuenta, establece que:

“ Todas las partes interesadas deben tener igualdad de oportunidades de ser escuchadas en foros gubernamentales e intergubernamentales a nivel nacional e internacional. Dichas oportunidades incluyen: acceso a reuniones, procesos y órganos; derechos de expresión con las mismas oportunidades para la sociedad civil que para los gobiernos y las entidades del sector privado para expresar puntos de vista y opiniones y hacer que esos puntos de vista sean tomados en cuenta; y el derecho a presentar documentos como informes paralelos y memorandos”

Ante este cuestionamiento por parte de la representación cubana en contra del funcionamiento del sistema universal y de la participación de las ONGs, dirigimos de forma urgente nuestra demanda a la comunidad internacional, al Consejo de Derechos Humanos y al Comité de las ONGs del  ECOSOC a no ceder en prácticas que van en contra del espíritu de defensa y protección de las libertades fundamentales.

Recordamos que, tal como se refiere en el Informe de la Relatoría aludido, las organizaciones que velamos por la búsqueda de un cambio positivo mediante la denuncia de corrupción, la ausencia de buena gobernanza y las violaciones de derechos humanos por parte de actores estatales tendríamos que ser apoyadas y protegidas, porque contribuimos a la construcción de sociedades pacíficas, justas e inclusivas.[1]


[1] ECOSOC, Resolución 1996/31 sobre la relación consultiva entre las Naciones Unidas y las Organizaciones No Gubernamentales, 25 julio 1996 https://www.unov.org/documents/NGO/NGO_Resolution_1996_31.pdf