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Reforma a Ley de Víctimas: un acuerdo político que desampara

Ciudad de México, a 26 de octubre de 2016.- La reforma a la Ley General de Víctimas avalada por las comisiones legislativas de Gobernación, Justicia, Derechos Humanos y Estudios Legislativos, el martes 25 de octubre, es notoriamente insuficiente frente a la profunda crisis en materia de violencia, comisión de delitos, violaciones a derechos humanos y revictimización que atraviesa México.

Pese a que la reforma se propone reducir la estructura y los procesos burocráticos que impedían por completo el ejercicio de derechos de las víctimas, es sumamente preocupante que el texto aprobado no modifique la esencia del problema y siga tratando las necesidades de las víctimas como un asunto político. En particular por los puntos a continuación:

 

  1. Las Comisiones del Senado que avalaron el dictamen apoyaron un acuerdo político –tal como lo manifestaron en la sesión– para que sólo el Presidente designe al titular del organismo (una primera vez por un periodo de tres años). Esta decisión, además de ser un retroceso al modelo democrático, llevará a la elección de un perfil sin legitimidad ni reconocimiento de los colectivos de víctimas y organizaciones civiles que hemos acompañado el proceso de reforma. Adicionalmente, es preocupante que no se incluyó la cláusula propuesta por diversos colectivos de víctimas y organizaciones, de excluir en el proceso de selección como candidatos/as a quienes han  desempeñado cargos de comisionados y comisionadas, toda vez que éstos han demostrado durante más de tres años y con suficiente evidencia, no estar a la altura de la tragedia que vive México.

 

  1. La CEAV es un órgano operado políticamente por la Secretaría de Gobernación (Segob) y la reforma consolida esta condición porque tendrá a la cabeza una Junta presidida por la misma Secretaría y conformada en su mayoría por autoridades (cuatro secretarios de Estado y el presidente de la CEAV, designado por el Ejecutivo Federal), sin suficiente representación de víctimas y personas expertas en la materia, lo cual deja a éstos sin la suficiente capacidad para vigilar y monitorear su funcionamiento y proponer acciones que favorezcan la efectiva implementación de los derechos reconocidos en la Ley.

 

  1. Las víctimas de desplazamiento interno forzado, no están plenamente reconocidas en la reforma. No sólo hubo una negativa expresa para incluir la definición de este fenómeno y su característica de forzado en el articulado aprobado, sino que persistirán trabas burocráticas para el registro y atención de las miles de víctimas de este fenómeno a nivel estatal y federal.

 

  1. Pese a que insistimos en incluir un proceso abierto, democrático y participativo en la construcción del reglamento interno de funcionamiento, esta solicitud fue, igualmente, desconocida. La participación en este proceso se sustenta por el conocimiento que tienen los colectivos y organizaciones, las necesidades de mejoras internas en cuanto a la estructura, los perfiles de sus empleados, el proceso de contratación y la revisión de los modelos de atención integral que han sido aprobados por el pleno saliente, entre otras consideraciones.

 

  1. El Fondo de Atención a Víctimas ya no recibirá recursos fijos asignados por el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación que garantizan la asignación del equivalente de alrededor de mil millones de pesos cada año, sino que será la Secretaría de Hacienda quien asigne los recursos “siempre y cuando” haya menos de un porcentaje determinado. Además, se limita a que víctimas recurran a peritos independientes o internacionales sólo a las materias en los que no haya personal nacional capacitado.

 

Las consideraciones expresadas, minimizan el objetivo de la reforma aprobada. El poder Legislativo cambiará todo para que nada, en la materia y a favor de las víctimas, cambie. De hecho, es un retroceso respecto a los controles que la Ley vigente tiene respecto a la designación y estructura. Las víctimas, las organizaciones civiles y la sociedad en su conjunto merecen más que esto y la crisis de derechos humanos instalada en el país no dan espera ni cabida para que esta reforma sea sólo otro intento que se someta a prueba. Merecemos garantías de atención a las violencias que destruyen a personas en su proyecto de vida. Llamamos con urgencia al Pleno del Senado de la República y a la Cámara de Diputados a atender los puntos antes señalados.

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FIRMAN

ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COLECTIVOS DE FAMILIARES DE VÍCTIMAS

 

ARTICLE 19, Oficina para México y Centroamérica

Asistencia Legal por los Derechos Humanos

Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”

Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica A.C.

Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, AC (CEPAD)

Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios A.C.

Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad

Colectivo de mujeres desplazadas internamente de San Juan Copala

Colectivo Solecito- Veracruz

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos

Desaparecidos Justicia A. C Queretaro

Designaciones Públicas

Deudos y Defensores por la Dignidad de Nuestros Desaparecidos

Familia Ponce Ríos desplazada internamente

Familiares en Búsqueda «María Herrera», Poza Rica, Puebla, Morelos, D.F, Xalapa

Familiares en Búsqueda María Herrera, Xalapa

Familias de Acapulco en Busca de sus Desaparecidos

Frontera con Justicia A.C. [Casa del Migrante de Saltillo]

Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho

Fundar, Centro de Análisis e Investigación A.C.

Grupo de Búsqueda de Fosas Clandestinas

Idheas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos

Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir

Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia

Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), A.C.

Red de Enlaces Nacionales

Red por los derechos de la infancia en México, REDIM

Reverdeser Colectivo

Servicios y Asesoría para la Paz A.C. (Serapaz)

Union de Madres y Familiares Desaparecidos de Sinaloa Años 70

WOLA, Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos

 

 

ACADÉMICAS/OS, EXPERTOS/AS, ACTIVISTAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS A TÍTULO INDIVIDUAL

 

Brenda Valdés Corona

Carlos Ríos Espinosa

Carolina Robledo Silvestre

Defensora de los Derechos Humanos desplazada internamente  del estado de Sinaloa

Ina Zoon

Jacobo Dayán

Laura Rubio

Layda Negrete

Leticia Calderón Chelius

Maite Azuela

Séverine Durin

Silvano Cantú

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al + 52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

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