Posicionamiento público en relación con la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en la CDMX
Ciudad de México, a 23 de octubre de 2020
En cumplimiento a los acuerdos alcanzados por unanimidad entre las distintas instancias integrantes de la Red Ciudad en Apertura, en su sesión plenaria del día 6 de octubre de 2020, emitimos el presente posicionamiento.
A causa de la emergencia sanitaria detonada por la COVID-19, el INFOCDMX –órgano garante-, mediante acuerdo 1246/SE/20-03/2020 decretó una suspensión de plazos y términos por un periodo inicial del 23 de marzo al 23 de abril de 2020, misma que se amplió en diferentes ocasiones, por más de seis meses; lo cual afectó servicios inherentes a la eficacia de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales. Esa suspensión excluía las solicitudes y recursos relacionados con la COVID-19, mismos que debían atenderse en todo momento, conforme a los plazos previstos por sus normas. Finalmente, el 2 de octubre de 2020 se aprobó reanudar los plazos y términos, aunque de forma gradual, únicamente en lo relativo a las solicitudes no relacionadas con COVID-19.
Por otro lado, distintas autoridades también optaron por la suspensión de plazos en materia de atención a las solicitudes de derecho de acceso a la información y derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición (ARCO) , suspensión que sigue vigente a consecuencia del último acuerdo de fecha 29 de septiembre de 2020, publicado por la Jefatura de Gobierno de la CDMX y, por medio del cual, se prorrogó la suspensión de los términos y los plazos inherentes a los procedimientos administrativos.
En este sentido, estamos conscientes que la suspensión de plazos y términos se dio con atención de las medidas de contingencia para tratar de mitigar el virus; no obstante, consideramos es urgente tomar las siguientes medidas:
1. Que el INFOCDMX implemente las medidas necesarias para resolver en el menor de los plazos, los procedimientos de impugnación que se tengan pendientes, y los que se hayan generado durante el periodo de suspensión.
2. Que la Jefatura de Gobierno levante la suspensión de plazos a efecto de que los distintos entes de la ciudad gestionen con prontitud, y en el límite de sus capacidades operativas y técnicas, el desahogo de las solicitudes de información pública y de protección de datos personales, que fueron recibidas durante el periodo de contingencia, y las cuales han quedado pendientes de contestación.
3. Que las autoridades aseguren dar respuesta prioritaria a todas las solicitudes de acceso a información y a las solicitudes de ejercicio de derechos ARCO, sobre el tratamiento de sus datos personales.
4. Que el INFOCDMX prevea que, con motivo de la contingencia se esté ante un posible regreso a “semáforo rojo”, y como consecuencia suspendan nuevamente los plazos y términos, se tienen que crear mecanismos eficaces enfocados a que el derecho de acceso a la información no se vea paralizado, especialmente cuando nos encontramos en circunstancias en donde el acceso a la información es vital en tiempos de emergencia.
5. Que tanto, la Jefatura de Gobierno, como el INFOCDMX consideren que el hecho de continuar con la suspensión de plazos o alguna modalidad de atención gradual para el desahogo de las solicitudes de información pública y de protección de datos personales, cancelaría un derecho humano que constituye la llave para el ejercicio de otros derechos, como es el del acceso a información, toda vez que es prioritario conocer la actuación de las autoridades en todo aquello relacionado con la gestión de la emergencia sanitaria detonada por COVID-19, incluyendo sus efectos en la salud pública, el desarrollo económico, el desarrollo social y el desarrollo cultural de la población, en especial, el de los grupos más vulnerables.
Organizaciones Ciudadanas de la Red Ciudad en Apertura