Skip links

Hallazgos de fosas clandestinas en Veracruz reiteran la importancia de contar con una implementación adecuada del Registro Nacional de Fosas Comunes y Fosas Clandestinas

Ciudad de México, a 13 de septiembre de 2018.- El pasado 06 de septiembre, la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE) dio a conocer el hallazgo de 32 fosas clandestinas de las cuales se han exhumado hasta el día de hoy 174 cráneos, en un punto aún no especificado de la zona centro del estado. Este caso se suma a otros dolorosos hallazgos como el de 350 cuerpos de personas exhumados en Durango, Durango; 193 a 196 en San Fernando, Tamaulipas; 75 en La Barca, Jalisco entre 2013 y 2014; 292 cráneos que anteriormente fueron localizados en Veracruz, Veracruz, así como los más de 2 mil cuerpos exhumados en el resto del país, todos ellos entre 2006 y 2017.

Lo anterior no sólo muestra una vez más la situación de violencia y de violaciones a los derechos humanos por la que ha atravesado el país durante los últimos 12 años, sino que vuelve a exponer la urgencia de contar con un Registro Nacional de Fosas Comunes y Fosas Clandestinas adecuado y la necesidad de fortalecer los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas de las autoridades en lo que concierne a estadísticas de fosas, víctimas encontradas, víctimas identificadas y los resultados de las investigaciones derivadas de estos delitos. Sin ello, será más difícil hacer frente a la falta de información, a la incertidumbre y a la inconsistencia de datos derivados de las instituciones oficiales, mismos que vulneran los derechos humanos a la información y a la verdad.

El Registro está contemplado dentro de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. Su finalidad es contribuir, junto con otras herramientas, a la investigación y la búsqueda de las personas desaparecidas en el país.

Sin embargo, actualmente existen los siguientes retos que deben de ser considerados para que el Registro Nacional cumpla con las finalidades enmarcadas en la Ley General:

  1. No todas las fiscalías o procuradurías locales han proporcionado información sobre hallazgos de fosas clandestinas en sus entidades. De las últimas solicitudes de información realizadas a los 32 estados del país, sólo 21 proporcionaron información relacionada con este tema. Lo anterior puede significar que no todas las fiscalías o procuradurías cuentan con esta información sistematizada o, peor aún, existe una política para no proporcionar información relacionada con violaciones graves a los derechos humanos.
  2. Las cifras oficiales estatales y federales pueden tener subregistros y no existe un sistema de gestión de información adecuada. Lo anterior se ha constatado de diferentes formas. Por ejemplo, existen fiscalías o procuradurías que señalan cuántos cuerpos y/o restos de personas han sido exhumados en un municipio, pero no señalan el total de fosas halladas en cada sitio. No sólo esto, sino que hay casos de fosas dentro de las mismas instituciones que se agregan, se remueven o simplemente no se incluyen desde el inicio sin dar una explicación sobre esto a las solicitudes de información realizadas en diferentes momentos.
  3. Los registros oficiales excluyen información de otras dependencias y actores sociales. Recordemos que cada registro oficial y no oficial sólo observa una fracción de un universo que es más grande. Las fosas de las que tenemos conocimiento se ven condicionadas por distintos factores de producción social de la información que deben ser tomados en cuenta. Por esta razón, el Registro Nacional debe contemplar información de otras dependencias como la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), colectivos de familiares en búsqueda, periodistas, organizaciones de la sociedad civil y universidades.
  4. Los registros hemerográficos sólo presentan aproximaciones y no cifras definitivas respecto a los hallazgos en las diferentes entidades. Esto se debe a que las cifras recuperadas de la prensa se ven limitadas por las mismas condiciones señaladas en el punto anterior, además de que no pueden confirmar cada hallazgo con un dictamen proveniente desde las principales disciplinas forenses. Todas las instituciones oficiales y no oficiales que recuperen información hemerográfica deben de tomar en cuenta los alcances y limitaciones de usar estos datos, así como de hacer pública y clara la metodología empleada.
  5. Las fosas comunes son un universo que presenta otra serie de retos para la búsqueda de personas desaparecidas en el país. Aún no existe un diagnóstico respecto a cuántas fosas comunes existen en los municipios del país. Además de que presumimos que una parte importante de éstas se encuentran en situación irregular, por lo que se desconoce el número de cuerpos sin identificar que se encuentran en ellas.

 El Registro Nacional de Fosas es una de varias herramientas que deben implementarse de manera adecuada para cumplir con lo estipulado dentro de la Ley General. Además del Registro Nacional de Fosas, recordamos que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas prevé la creación de un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas; un Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas y; un Banco Nacional de Datos Forenses. Todas estas herramientas son imprescindibles para una correcta investigación del delito y búsqueda de personas desaparecidas.

La Ley General cuenta con un retraso significativo conforme a los tiempos estipulados en ésta. Exhortamos a las autoridades correspondientes a continuar con las obligaciones derivadas de su entrada en vigor.

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al +52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

Leave a comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.