
Exigimos que Honduras Próspera Inc. se abstenga de cualquier acción en represalia de la labor del medio Criterio.Hn
Ciudad de México 2 de mayo de 2025.- ARTICLE 19 rechaza la amenaza sobre inicio de acciones legales del asesor general de Honduras Próspera Inc. en contra el medio Criterio.Hn por sus investigaciones periodísticas sobre el cuestionado desarrollo y continuación de operación de las denominadas Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).
Conforme a lo dado a conocer el medio Criterio.Hn, el pasado 8 de abril el asesor general de Honduras Próspera Inc, Nicholas Dranias dirigió una “extensa carta de cese y desistimiento” hacia la directora del medio. La carta responde a la publicación “Inconstitucionalidad no frena a Próspera: inversionistas celebran nombramiento de Landau como subsecretario de Estado”. En esta publicación, del 1 de abril del año en curso, el medio hace hincapié en la inconstitucionalidad del proyecto de las ZEDE a cargo de la empresa Próspera Honduras. En la misma nota se subraya la forma en la que el nombramiento del nuevo subsecretario de los Estados Unidos, Cristopher Landau, podría dar pie a la continuación de sus operaciones en el país, pese a la decisión de la Corte Suprema de Justicia sobre la inconstitucionalidad de las ZEDE.
En la carta que se envió al medio, el asesor afirma que tanto la inconstitucionalidad de las ZEDE, como la existencia de oposición pública ciudadana, son falsas. Entre las “acciones requeridas”, el asesor en tono de exigencia, a reserva de emprender acciones legales contra el medio por daño moral, solicita “eliminar ‘las declaraciones difamatorias’, publicar ‘una retracción y corrección prominente reconociendo los errores’ y abstenerse de emitir futuras publicaciones que ellos consideren ‘falsas y difamatorias’”. Adicionalmente, “exige” la preservación de pruebas, incluídas las fuentes.
Si bien Honduras ha despenalizado los delitos de injuria y calumnia, la amenaza con acciones legales por difamación en contra de la prensa continúan como una forma de desgaste y disuasoria a la labor periodística. En el marco del Examen Periódico Universal de Honduras, ARTICLE 19 en conjunto con otras organizaciones, pedimos la derogación de los delitos contra el honor, por su malversación y uso como forma de censura en contra de la prensa independiente y crítica, tal como se observa en este caso y otros.
Recordamos que, en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión se establece que, por un lado, la presión directa sobre cualquier expresión debe estar prohibida ante la ley. Por otro lado, la exigencia abusiva de abstención de futuras publicaciones sobre la temática, supone un mecanismo de censura previa que se agrava con la amenaza de acciones legales. La censura previa está prohibida tal como se dicta el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, el resguardo de las fuentes de información es un derecho reconocido en el principio 8 de la Declaración en mención, en párrafo anterior.
La amenaza explícita de inicio de proceso legal en contra del medio para buscar disuadir a que se actúe conforme a los intereses de la empresa, es contrario a los instrumentos internacionales en la materia ratificados por el Estado de Honduras. Su concreción puede representar el uso de Demandas Estratégicas contra la Participación Pública (SLAPPs, por sus siglas en inglés).
Exigimos que Honduras Próspera Inc. se abstenga de cualquier acción en represalia de la labor periodística e investigativa del medio Criterio.Hn y otros que den seguimiento al asunto de las ZEDE, para evitar un bloqueo informativo en contra de la ciudadanía en un tema de interés público, y así fomentar un clima propicio para la democracia en el país.