
Candidata a Magistrada hace uso de derecho electoral para censurar a un periodista en Tamaulipas
Héctor de Mauleón. Foto: Germán Espinosa / EL UNIVERSAL
País: México
Estado: Tamaulipas
Ciudad de México a 24 de mayo de 2025.- ARTICLE 19 – Oficina para México y Centroamérica rechaza la imposición de medidas cautelares consistentes en censura previa en contra de Héctor de Mauleón y del medio El Universal, por parte del Instituto Electoral de Tamaulipas. A unos días de llevarse a cabo las elecciones de jueces y magistrados del Poder Judicial, retoma especial importancia una discusión sobre las obligaciones de las personas juzgadoras de atenerse a los estándares de derechos humanos y libertad de expresión, así como del debido proceso.
Publicaciones sobre Huachicol y el poder judicial
En su columna de fecha 1 de mayo de 2025 titulada “Huachicol y poder judicial en Tamaulipas” de Mauleón aborda un oficio del General Luis Cresencio Sandoval en el que solicita la apertura de una investigación del ex-administrador de Operación Aduanera: Juan Carlos Madero Larios, por la presunta “existencia de una red de corrupción, sobornos, extorsiones y tráfico de huachicol”. A su vez, señala la relación familiar que tiene Madero Larios con Tania Contreras López, ex-consejera jurídica del gobierno de Américo Villarreal y hoy candidata a Magistrada.
De la misma forma, hizo referencia de que Tania Contreras López es la carta fuerte de MORENA en la próxima elección de Magistrados del Supremo Tribunal Electoral, debido a su carrera y a sus contactos políticos y en la administración dentro del Estado; hechos totalmente públicos. Su texto se basó en información publicada entre los documentos filtrados de SEDENA por el Colectivo Guacamaya y por una investigación del medio Código Magenta.
Queja ante el IETAM e impugnación del Tribunal Electoral
Ante la información publicada, Tania Contreras López realizó una formal queja por calumnia y violencia política de género ante el Instituto Electoral en Tamaulipas (IETAM). Aunque en una primera instancia su queja fue desestimada, la candidata a magistrada impugnó ante el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas. El Tribunal resolvió modificar el acuerdo del IETAM y tramitar un procedimiento especial sancionador en contra del periodista.
El pasado 15 de mayo de 2025 el periodista Héctor de Mauleón recibió en su domicilio particular un par de notificaciones del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM). Una de ellas ordena la adopción de medidas cautelares a favor de Tania Contreras López consistentes en: bajar la publicación en la columna en El Universal y abstenerse de publicar sobre Tania Contreras López.
Es preciso señalar que estas medidas cautelares son desproporcionadas y corresponden a actos de censura previa contrarios a estándares de libertad de expresión y de los derechos de acceso a la información y derechos de audiencias. La Corte Interamericana ha señalado que las restricciones a la libertad de expresión deben atenerse a un test tripartito consistente en cumplir condiciones de legalidad, legitimidad y proporcionalidad para poder limitar una expresión.
Cabe mencionar que, en entrevista con ARTICLE 19, el periodista señaló que “Dentro del Tribunal electoral, una de las Magistradas es Selene López Sánchez, prima hermana de Tania Contreras López, y otro de los Magistrados, Ricardo Arturo Barrientos Treviño fue subordinado del esposo de Tania Contreras en la Secretaría de Gobierno”. Lo anterior, podría representar una serie de violaciones al debido proceso del periodista, pues dos de las cinco personas Magistradas debieron informar de sus posibles conflictos de interés en el caso.
Estándares a observar
ARTICLE 19 reafirma que las medidas cautelares impuestas en los procesos ante autoridades electorales, sin previo estudio que determine presuncionalmente la existencia o no de faltas, debe ser considerado un acto de sanción previo, es una violación a debido proceso y al derecho de previa audiencia, causando efectos irreversibles en agravio del periodista y de la sociedad, puesto que la información se censura arbitrariamente, sin más trámite que la mera petición, máxime cuando el proceso para determinar la ilegalidad o no de dichas medidas es tardío.
ARTICLE 19 insiste en la importancia de la doble dimensión de la libre expresión en un sistema democrático, el cual por un lado representa el ejercicio individual de este derecho, y por otro lado, su dimensión colectiva, equivalente a la posibilidad de la sociedad de acceder a la información de relevancia pública, como las expresiones de hechos y opiniones de otras personas. Particularmente tanto los presuntos actos de redes de huachicol, como los vínculos de actores políticos a estos actos corresponde información de interés público, un discurso especialmente protegido en acorde a los estándares interamericanos de libertad de expresión.
A una semana de llevarse a cabo las elecciones de jueces y magistrados del Poder Judicial a nivel nacional, ARTICLE 19 reitera la importancia de que tanto candidaturas como las nuevas personas juzgadoras que sean electas, deben conocer los más altos estándares de integridad y ética, así como de derechos humanos y libertad de expresión.
En vista de lo anterior, ARTICLE 19:
- Exige a las autoridades electorales, tanto administrativas como jurisdiccionales, incluyendo al IETAM y el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, se abstengan de actos que vulneren la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información. Asimismo, ante la próxima impugnación del columnista Héctor de Mauleón y del medio El Universal, se llama a las autoridades correspondientes a que decidan en acorde a los más altos estándares de protección a los derechos humanos.
- A las personas candidatas, como Tania Contreras López, abstenerse de utilizar marcos normativos como el derecho electoral para limitar, restringir o censurar información de relevancia pública. Especialmente en contra de comunicadores y medios de comunicación ejerciendo su labor periodística.