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ARTICLE 19 exige un alto a la criminalización de Calletano de Jesús, periodista asesinado
Ciudad de México, a 12 de febrero de 2025.- ARTICLE 19 – Oficina regional para México y Centroamérica, reprueba la falta de aplicación de protocolos de investigación en el caso de Calletano de Jesús Guerrero, periodista del medio Global México asesinado el 17 de enero del presente, y reprueba la campaña de desprestigio y discurso criminalizante por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México en contra del comunicador, su familia, y su medio de comunicación. Así mismo, llama a los medios de comunicación a aproximarse a este caso con una visión ética, de derechos humanos y de protección a las víctimas.
Tres semanas después del asesinato de Calletano, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), emitió el Comunicado de Prensa 159/2025 titulado: “FISCALÍA EDOMEX ESCLARECE HOMICIDIO DE PERIODISTA DE INICIALES C.J.G. Y DETUVO A PRESUNTO INVOLUCRADO”. En éste, afirmó haber esclarecido el atroz crimen y vincula tanto a Calletano como a sus familiares con grupos delincuenciales. Esta información fue replicada en medios de comunicación a nivel estatal y nacional, exponiendo a múltiples riesgos a la familia y a los integrantes del medio de comunicación Global México.
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El respectivo comunicado, y la información otorgada a medios de comunicación en los días previos implican una serie de afectaciones y vulneraciones a las víctimas, como aquí se detallan:
● Falta de acceso a la información sobre el caso a las víctimas
En su comunicado, la FGJEM establece ya haber esclarecido los hechos, sin haber contactado previamente a familiares o integrantes del medio de comunicación Global México. En entrevista con ARTICLE 19, familiares de Calletano confirmaron que no han tenido acceso a la carpeta de investigación en su calidad de víctimas. Esta organización recuerda que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 20, que las víctimas son parte de la investigación, razón por la que pueden participar activamente e intervenir directamente en ella. Lo anterior genera dudas tanto por la falta de una preocupación y atención victimal, obligación de la Fiscalía, sino también sobre la investigación, pues al no haber contactado a familiares y colegas de trabajo, no se puede presumir que la Fiscalía haya descartado todas las líneas de investigación alrededor del hecho.
● Falla de aplicación de protocolos de investigación
En ese mismo sentido, se recuerda que el Protocolo Homologado de Investigación de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión es obligatorio para las autoridades investigadoras. Este se constriñe no sólo a hacer entrevistas testimoniales y acciones periciales en la escena del crimen, sino también a hacer un análisis de contexto sobre las notas periodísticas, lo cual implicaría hacer una revisión rigurosa de las publicaciones recientes del medio de comunicación y de Calletano. Si bien, la Fiscalía hace referencia en su comunicado sobre presuntas publicaciones del periodista de 2021, no hay mención sobre las notas o publicaciones de los años más recientes. Representantes de Global México confirmaron a esta organización que no han recibido comunicación por parte de la FGJEM.
Para concluir de manera definitiva la razón de los hechos, la fiscalía del estado debió haber agotado lo señalado por el ya mencionado Protocolo Homologado. Al no tener la familia acceso a la carpeta de investigación, y al no haber contactado al medio de comunicación no se puede tener certeza de que la Fiscalía cuenta con toda la información del hecho.
● Discurso criminalizante: Presunta vinculación del periodista con grupos de delincuencia organizada
La estigmatización y criminalización en contra de los periodistas asesinados es una constante en México. ARTICLE 19 señaló en el informe sexenal que la estigmatización por medio de comunicación oficial y la criminalización se documentaron en 242 casos (7.09% del total). En el caso de Calletano, la Fiscalía del Estado de México expone como causante de su muerte el presunto vínculo entre uno de sus hijos con integrantes de un grupo de crimen organizado. De acuerdo a la entrevista con un integrante de Global México:
“Uno de los hijos de Calletano está sentenciado por un robo, el cual estaba físicamente imposibilitado de realizar, por lo que rechazamos que haya sido parte. Sin embargo fue imputado y sentenciado a pesar de severas irregularidades dentro del proceso. Para nosotros, el comunicado de la fiscalía y ésta acusación se origina en represalia a las publicaciones de Global México sobre corrupción de funcionarios públicos municipales y del Estado de México.”
Si bien la FGJEM presenta una teoría de investigación, omite en su comunicado que tanto Calletano como sus colegas en Global México han tenido desde el 2012 un largo historial de agresiones derivadas de su labor periodística. Entre estos se encuentran el homicidio del colaborador Adrián Silva Moreno ocurrido el 14 de noviembre de 2012, detenciones arbitrarias, ataques a su sitio web, el robo de identificaciones y equipo celular a mano armada, ataques físicos, robo de vehículo, etc. Inclusive el propio Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas documentó también agresiones en los últimos dos meses antes del asesinato, incluida una amenaza armada en el propio domicilio del periodista.
El discurso de la Fiscalía, en vez de abonar a la protección de la familia de Calletano, del medio de comunicación al que es parte y de la prensa en general, distrae la opinión pública, y justifica la violencia a la cual es sujeta el gremio periodístico, incluido el asesinato de un periodista. Las omisiones y acciones de dicha instancia abonan a la incertidumbre de la familia y a la impunidad en el caso.
● Llamado a los medios de comunicación
ARTICLE 19 hace un llamado a la reflexión a los medios de comunicación para que de acuerdo a su responsabilidad social, promuevan los derechos humanos y eviten contenidos periodísticos que repliquen la criminalización de otros periodistas.
Los medios de comunicación deben considerar los impactos de publicar o replicar comunicados que no sólo estigmatizan a la víctima, sino que ponen en riesgo a la familia y al medio de comunicación. Al afirmar el vínculo de la familia a grupos de delincuencia organizada podrían no sólo vulnerar la imágen del periodista asesinado, sino colocar en riesgo a quienes están exigiendo justicia.
Si bien las autoridades deben ser las garantes de los derechos de las víctimas, el gremio periodístico debe reflexionar sobre su rol social al cubrir con una visión desde los derechos humanos y de protección a las víctimas. Desde una visión colectiva y gremial, defender la Libertad de Expresión y no permitir que se estigmatice ni se censure la labor de periodistas en las distintas entidades del país quienes sólo buscan dar a conocer información de interés público.
En vista de lo anterior, ARTICLE 19, exige:
– A la Fiscalía General de Justicia del Estado de México de abstenerse de discursos y acciones que estigmatizan y criminalizan la labor de las y los periodistas. Así como la de garantizar el derecho de las víctimas para imponerse de la Carpeta de investigación, garantizando así su derecho a participar de la misma.
– A la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión de la Fiscalía General de la República atraer el caso para que de acuerdo a sus funciones realice investigaciones diligentes, exhaustivas, independientes y objetivas, a partir de protocolos de investigación rigurosos.
– Al Gobierno del Estado de México, reconocer públicamente la labor de Calletano de Jesús Guerrero y de Global México en la construcción de la democracia a través de la difusión de información desde la labor periodística.
– A los medios de comunicación, a reflexionar sobre su rol en la replicación de información, sea oficial o no, la cual estigmatice la labor periodística en contextos de altos niveles de violencia, como lo es el Mexicano. Especialmente cuando existen víctimas directas o indirectas a quienes pudiera afectar sus derechos.- Al Mecanismo de Protección federal, a que, en acorde a sus funciones y desde una visión preventiva e integral, se refuercen las medidas de protección al medio Global México y a los familiares de Calletano de Jesús.