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A seis meses de la privación de la libertad del periodista cubano José Gabriel Barrenechea, ARTICLE 19 exige su liberación

Foto: Facebook de José Gabriel Barrenechea

8 de mayo de 2025.-  El periodista independiente José Gabriel Barrenechea cumple seis meses en prisión provisional desde que el 8 de noviembre de 2024 se le detuvo arbitrariamente en Encrucijada, Villa Clara, como represalia por exigir el restablecimiento del servicio eléctrico en su localidad, en el marco de la crisis eléctrica que vive el país. Durante este periodo su derecho al debido proceso ha sido consistentemente vulnerado.

La Fiscalía General de la República de Cuba acusa a Barrenechea por el delito de “desórdenes públicos”, previsto en el artículo 263.1 de la Ley 151/2022 Código Penal de Cuba. Por su parte el artículo 356.1 de la Ley 143/2021 “Del Proceso Penal” señala que la prisión provisional deberá de aplicarse como medida excepcional “siempre que existan motivos suficientes para suponer al imputado o acusado responsable penalmente del delito”. De acuerdo con información compartida a esta organización, la autoridad no cuenta con pruebas que determinen su vinculación con la ejecución del supuesto delito.

Además, el mismo artículo, obliga a la autoridad a evaluar la pertinencia de implementar esta medida cautelar. Esto implica evaluar cualquier circunstancia relevante de su persona y condición familiar, además de que la medida debe de ser revisada de manera permanente. Las autoridades pasaron por alto que su mamá Zoila Esther Chávez Pérez de 84 años, se encontraba en una condición grave de salud y su cuidador principal era José Gabriel. Las autoridades fueron omisas frente a este contexto familiar y le negaron reiteradamente el cambio de medida. Zoila falleció el 4 de mayo sin que el Estado le permitiera despedirse de su hijo.

En contravención del artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del 8.2 de la Convención Americana sobre Derchos Humanos y del Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión, la aplicación de esta medida preventiva en José Gabriel es desproporcionada e implica la violación de sus derechos como la presunción de inocencia, al debido proceso y a la libertad personal.

Además, los impactos del encierro prolongado y desmedido -como forma de uso ilegítimo de poder- son devastadores para su salud mental y física, por la situación de encierro y por la pérdida de su madre, pero también por los impactos en lo económico y lo laboral.

El uso desproporcional del derecho penal es un patrón para inhibir el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la protesta. Es común que las autoridades cubanas lo usen contra las personas periodistas independientes. Demandamos al Estado cubano la liberación inmediata de José Gabriel Barrenechea, cuya prisión preventiva fue impuesta como una forma de castigo anticipado[1] y constituye una violación al principio de excepcionalidad y presunción de inocencia, situación que transgrede los más altos estándares internacionales del Sistema Interamericano y de Naciones Unidas.


[1] Señalamos que es un castigo anticipado por la prolongación desproporcionada de la prisión preventiva y la violación de su derecho a la presunción de inocencia.