
Las campañas de criminalización contra el periodismo deben desalentarse en Guatemala.
11 de julio de 2025.- ARTICLE 19 México y Centroamérica reprueba la campaña de desprestigio y amenazas en días recientes que se realizan a través de redes sociales en contra de al menos dos medios y un periodista de Guatemala: Prensa Comunitaria, Vox Populi y el periodista en el exilio, Juan Luis Font, director del medio Con Criterio.
El pasado 25 de junio, una cuenta en la red social X inició una nueva campaña de desprestigio en contra del medio Prensa Comunitaria, en específico dirigida a su director, Nelton Rivera. Tras los recortes de fondos y la extinción de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por sus siglas en inglés), desde ARTICLE 19 se han documentado tres campañas que criminalizan al medio por supuestos delitos en relación a lavado de dinero y uso de recursos económicos con fines no lícitos.
Posteriormente, el 28 y el 29 de junio, la cuenta @__DVader emitió publicaciones amenazantes en contra de Rivera, así como en contra de los periodistas Juan Luis Font, Sonny Figueroa y Marvin del Cid. De acuerdo con información proporcionada por el propio Nelton, “a este perfil anónimo se le ha vinculado en reiteradas ocasiones con el secretario del Ministerio Público, Ángel Arnoldo Pineda Ávila como consta en la denuncia de uno de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, Rony López”.
Es menester recordar que estas agresiones en contra del medio Prensa Comunitaria ganaron notoriedad desde enero del presente año. Una segunda campaña de desprestigió se intensificó a partir de abril, a través de señalamientos de supuestos delitos usados en casos ejemplarizantes como el de José Rubén Zamora Marroquín. Por lo tanto, resulta especialmente preocupante que las publicaciones en mención sugieren la existencia de procesos penales abiertos por supuestos delitos como “lavado de dinero” tras “recibir financiamiento de USAID” y de “poseer” propiedades en la Ciudad de México” violando el derecho a la privacidad.
En el contexto guatemalteco, dichos discursos se han convertido en la antesala de procesos judiciales en contra de periodistas críticos, defensores de derechos humanos, ex jueces y magistrados, como una tendencia ampliamente difundida, tal como lo evidencian los casos de los periodistas Marvin del Cid, Sonny Figueroa y la orden de captura que persiste en contra del periodista Juan Luis Font.
En materia de internet y libertad de expresión en Guatemala, en el último informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se reconoce que se han conocido informes sobre agresiones en línea contra periodistas, particularmente aquellos que “investigan corrupción y violaciones de derechos humanos. De acuerdo con estos reportes, se han identificado campañas en línea que deslegitiman a la prensa, […], lo que habría derivado en amenazas, acoso y hechos de violencia, a menudo a través de cuentas anónimas.”
Ante la situación actual del país y derivado de la iniciativa de ley que propone la Ley de Ciberseguridad, la cual como lo advierte la RELE incluye “reglas procesales para incorporar pruebas digitales en procesos penales y facilitar la cooperación interinstitucional e internacional”, desde ARTICLE 19 consideramos imprescindible que se prioricen los derechos humanos en su implementación, para que el gobierno garantice que, las regulaciones tecnológicas y/o del espacio digital, no sean violatorias de derechos humanos y por el contrario, promuevan la transparencia, rendición de cuentas, diversidad y apertura que se requiere para desalentar el uso de redes sociales como instrumentos de malas prácticas en la criminalización del periodismo y la defensa de los derechos fundamentales.
Es indispensable que Guatemala retome en su iniciativa de ley vigente la Observación General No. 16 del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, para disuadir el uso de campañas de criminalización que además violan la protección de datos personales, lo que constituye un aspecto fundamental del derecho a la privacidad de la ciudadanía en general