#DerechoalaVerdad El IFAI puede ponderar sobre violaciones a Derechos Humanos
México, D.F. 24 de marzo de 2014.- El Poder Judicial reconoció que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (IFAI) viola el derecho a la información a través del amparo otorgado a ARTICLE 19 para conocer la verdad sobre la masacre de los 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas.
Esta resolución pone nuevamente en evidencia la ligereza con que el IFAI cumple con su mandato y marca un precedente para que la sociedad pueda conocer este y otros casos de graves violaciones de derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
En septiembre de 2013, el IFAI había emitido una resolución en la que argumentaba:
“el IFAI no cuenta con las facultades, la aptitud, la pericia, el conocimiento o el personal para investigar y calificar la existencia de violaciones graves a los derechos humanos o delitos de lesa humanidad. Sin embargo, a partir de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 14 de la LFTAIPG, es evidente que bastará la declaración de cualquiera de las autoridades competentes, para que el IFAI proceda a determinar la improcedencia de reserva de las investigaciones de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad”.
Dicha resolución fue impugnada a través de un juicio de amparo que hoy resuelve:
a) Que el IFAI sí es capaz de interpretar su ley y determinar si la masacre de los 72 migrantes asesinados en San Fernando Tamaulipas, se trata de una violación grave a los derechos humanos a la luz de los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
b) Que el IFAI violó el derecho de acceso a la información del ciudadano al señalar que para aplicar la excepción de reserva, cuando se trata de violaciones graves a derechos humanos, es necesario que exista pronunciamiento previo de la CNDH, el Poder Judicial o de organismos internacionales, pues no existe ley o disposición alguna que lo afirme.
c) Que el IFAI viola el derecho de acceso a la información pues la reserva de las averiguaciones previas no es absoluta aún cuando así lo determine el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, existe una excepción cuando la información que se investigue verse sobre violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
En este sentido, el Juez de Distrito ordenó al IFAI estudiar el caso de la masacre de los 72 migrantes asesinados en San Fernando a fin de determinar si el caso versa sobre posibles violaciones graves a derechos humanos y, en su momento, ordenar la publicación de la versión pública de la averiguación previa.
La publicidad de la investigación de estos hechos, es la última puerta para conocer la verdad para la sociedad y para las víctimas. ARTICLE 19 espera que -esta vez- el IFAI garantice el derecho a la verdad y determine la publicidad del caso.
La sociedad merece saber qué fue lo que pasó en San Fernando para que estos hechos no se vuelvan a repetir.
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