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Juez reconoce que la CNDH violó el derecho a la verdad y al acceso a la información al testar recomendaciones de derechos humanos

Foto: ARTICLE 19

  • La decisión deriva de un amparo interpuesto por Elvira Martínez Espinoza, esposa de uno de los mineros atrapados en la mina Pasta de Conchos, por la eliminación por parte de la CNDH de la versión íntegra de la recomendación emitida para/sobre el caso.
  •  En 2023, la CNDH eliminó de su página web más de 2,540 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015, incluida la de Pasta de Conchos, para posteriormente publicar versiones indebidamente testadas.  
  • En la sentencia se reconoció que las recomendaciones de la institución deben respetar el principio de máxima publicidad. 

Ciudad de México, 27 de mayo de 2024.- Luego de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) testara indebidamente más de 2,540 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015, incluída la del caso de los mineros atrapados en la mina Pasta de Conchos, un juzgado en materia administrativa resolvió que esta decisión de la institución ombudsperson viola el derecho a la verdad y el derecho de acceso a la información de las víctimas y la sociedad.

El 17 de mayo de 2024 el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó el amparo 1545/2023 solicitado por Elvira Martínez Espinoza, esposa de Jorge Bladimir Muñoz Delgado, uno de los mineros atrapados en la mina Pasta de Conchos en Coahuila, derivado de la decisión de la CNDH de eliminar de su página web la Recomendación 26/2006 relativa al caso y posteriormente publicar una versión testada de la misma.

En la recomendación del caso se determinó que se cometieron diversas violaciones a los derechos humanos de los mineros y sus familias y que las autoridades habían tolerado irregularidades y violaciones a la seguridad en la mina desde el año 2000. Esta negligencia contribuyó a la explosión en la mina y, como resultado, a la pérdida de vidas. En un contexto de falta de justicia y de reparación, su publicación constituyó un logro de la lucha de las familias por el reconocimiento de los hechos.

Elvira Martínez, acompañada por Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), interpuso una demanda de amparo reclamando que la CNDH vulneraba sus derechos. Esto, luego de percatarse que la recomendación del caso Pasta de Conchos -en el que ella es reconocida como víctima-, que previamente se encontraba publicada en la página web del organismo, estaba testada y se habían censurado elementos fundamentales como los hechos que describían las violaciones a los derechos humanos ocurridas, derivado del siniestro sucedido el 19 de febrero de 2006.

En la sentencia, el juez reconoce que al testar la recomendación, la CNDH violó el derecho a la verdad y al acceso a la información de Elvira Martínez, destacando que las recomendaciones, como documentos oficiales públicos, deben respetar el principio de máxima publicidad para que la sociedad en su conjunto tenga conocimiento de hechos y actos de interés público como lo son las violaciones a los derechos humanos ocurridas en un caso.

Consecuentemente, el juez ordenó a la CNDH que publique la versión íntegra de la Recomendación en su página web sin testar ninguno de los datos. 

Para las organizaciones y familiares de víctimas de graves violaciones a derechos humanos es fundamental que esta decisión se extienda al resto de los 2,540 casos mencionados.

Exigimos a la CNDH que cumpla con lo ordenado por el juzgado y publique íntegramente las recomendaciones, sin esperar a que cada víctima tenga que promover un amparo y litigar derechos que la misma Comisión por sí misma tendría que garantizar.

Las organizaciones seguiremos buscando que el Poder Judicial de la Federación se pronuncie sobre la inconstitucionalidad de las normas y acuerdos con que el organismo ha retrocedido con opacidad en la garantía plena del derecho a la verdad.