Dianeth Pérez es víctima de campaña de desprestigio tras publicar información de transparencia
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Ciudad de México, a 30 de marzo de 2023.- ARTICLE 19 rechaza la campaña de desprestigio y Doxxing contra Dianeth Pérez Arreola, periodista independiente y directora del medio digital Brújula News. De la misma forma, exhorta al Gobierno y Congreso del estado de Baja California así como al Ayuntamiento de Mexicali, atenerse a los más altos estándares en materia de derechos humanos, libertad de expresión y acceso a la información.
Desde el pasado 22 de marzo de 2023 hasta la fecha, Dianeth ha sido víctima de una campaña de desprestigio en redes sociales, principalmente por sitios web en Facebook. En una serie de comentarios en las publicaciones de Brújula News, así como en otras fanpages y perfiles de Facebook la catalogan como una periodista “comprada”, “sicaria informativa”, vinculada a “corrupción de líderes sindicales del magisterio”, o incluso “manipulada por intereses extranjeros”.
Al menos dos de las publicaciones pueden ser catalogadas como Doxxing, al publicar información personal de vínculos familiares de Dianeth. ARTICLE 19 recopiló evidencia de fuentes públicas que muestran que algunas de las cuentas desde la cuales se agredió a la periodista, no tienen más de un día de creación. Aunque algunas publicaciones con información privada de la periodista ya fueron bajadas, continúan nuevas cuentas publicando información que busca desestimar la labor periodística de Dianeth.
Como ARTICLE 19 destaca en su informe anual 2022 Voces contra la Indiferencia, 1 de cada 3 agresiones contra la prensa es en línea. La estigmatización en redes sociales sirve para desviar la atención del mensaje al mensajero, buscando afectar su labor periodística y generar daños tanto a su persona como a su credibilidad, además de generar un clima hostil contra la periodista. Por su parte, el doxxeo de información privada puede colocar en riesgo también a sus familiares.
Esta campaña de desprestigio ocurre después de publicar una serie de investigaciones sobre gasto de publicidad oficial tanto por el Congreso del estado de Baja California, como del Ayuntamiento de Mexicali. En sus notas, la periodista principalmente enlista los convenios de comunicación entre los gobiernos resaltados y algunos medios de comunicación. En una de las publicaciones, la periodista describe concentraciones del gasto público en algunos medios, así como discrecionalidad en las asignaciones de estos recursos.
Según comenta la misma Pérez en entrevista con ARTICLE 19, los sujetos desconocidos detrás de estas agresiones en línea están aprovechando el clima de hostilidad contra la prensa: No es coincidencia que, al publicar sobre gasto del gobierno, comiencen a publicar al mismo tiempo estas cuentas sobre mí y mi familia. La única información que yo publiqué, es aquella mandada directamente desde transparencia.
Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en sus Principios sobre Regulación de la Publicidad Oficial y Libertad de Expresión establece que: Los individuos tienen derecho a conocer toda la información sobre publicidad oficial que se encuentre en poder del Estado. En este sentido, el Estado tiene una obligación positiva de hacer público y fácilmente accesible los datos sobre los procesos de asignación de recursos, así como la celebración de convenios y contratos.
ARTICLE 19 reconoce que la publicidad oficial es una de las principales fuentes de ingresos para un gran número de medios de comunicación en el país. Si bien los medios que reciban dichos convenios no deben ser objetos de estigma por ello, sí es obligación del Estado garantizar la transparencia en la asignación de recursos. La CIDH indica que las entidades privadas deben tener en cuenta que cierta información estrictamente relacionada con el proceso de contratación que, de otra manera podría ser considerada privada, adquiere carácter público.
En su informe Hacia una regulación de la publicidad oficial en México , ARTICLE 19 reitera la urgencia de un marco normativo que regule la publicidad oficial en México para que esta no se convierta en un mecanismo de censura o de control de las líneas editoriales de los medios de comunicación. La organización recuerda también que la sentencia AR 308/2020, de septiembre de 2021, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ordena al Congreso de la Unión a reformar la Ley General de Comunicación Social a fin de cumplir con los más altos estándares en materia de libertad de expresión y acceso a la información.
En vista de lo anterior, ARTICLE 19:
- Exige a la Fiscalía General del Estado de Baja California, investigar de manera diligente las agresiones digitales cometidas contra la periodista Dianeth Pérez Arreola.
- Exhorta el Mecanismo de Protección Estatal de Baja California a otorgar medidas de protección a la periodista y sus familiares, a fin de evitar un posible escalamiento o mayor riesgo para Pérez y su familia.
- Llama a los poderes ejecutivos del ayuntamiento de Mexicali y el estado de Baja California, así como al poder legislativo de Baja California atenerse a los más altos estándares de libertad de expresión y acceso a la información, reiterando la importancia y relevancia pública para la ciudadanía bajacaliforniana del gasto de la publicidad oficial.
Nota para prensa
Para más información, favor de escribir a comunicacion@article19.org
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