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Gobierno de Veracruz de nueva cuenta criminaliza a periodista asesinado sin investigación exhaustiva

Ciudad de México, 20 de diciembre de 2017.– Ayer fue asesinado el periodista Gumaro Pérez Aguilando, durante un festival escolar en la primaria Aguirre Cinta, donde participaba su hijo, en el municipio de Acayucan, Veracruz.

El periodista desempeñó su actividad durante más de 15 años, cubriendo principalmente la fuente policíaca. En fechas recientes, compartía su trabajo periodístico –desde protesta social hasta nota roja– por medio de su perfil de Facebook. Colaboró para distintos medios de comunicación locales, como La Voz del Sur, La Voz de Acayucan y Golfo Pacífico, además de trabajar antes de su asesinato en él área de comunicación social del ayuntamiento de Acayucan.

En comunicación con ARTICLE 19, Jorge Morales, secretario de la Comisión Estatal para la Protección de los Periodistas (CEAPP) de Veracruz manifestó que Pérez Aguilando se incorporó en 2015 al Programa Preventivo y de Seguridad de dicha Comisión, refiriendo que el motivo de la incorporación esta relacionada con la cobertura que hacía el comunicador de la fuente policíaca de la zona.

Asimismo, Morales indicó a ARTICLE 19 que la Comisión no cuenta con información relacionada con amenazas o agresiones en las cuales fuera víctima, salvo un incidente “en una protesta de maestros, hace años”. En consulta de fuentes abiertas, ARTICLE 19 pudo constatar que el periodista fue víctima de agresiones en el año 2012 mientras desempeñaba su labor periodística.

De acuerdo con la documentación hecha por ARTICLE 19, Pérez Aguilando se convierte en el doceavo periodista asesinado este año en nuestro país, siendo este el año más letal para el ejercicio periodístico desde 2000. Se reafirman las condiciones adversas para el periodismo en el país, particularmente en Veracruz, en dónde han sido asesinados 4 periodistas en 2017.

Preocupa a ARTICLE 19 que a pesar de que mecanismos de protección locales o el federal han tenido conocimiento de agresiones o incidentes en contra de periodistas, estos sean incapaces de revertir la situación y evitar con ello un desenlace como el acontecido con Pérez Aguilando.

De acuerdo con información con la que cuenta ARTICLE 19, Gumaro Pérez, junto con Cecilio Pineda y Cándido Ríos han sido asesinados este año a pesar de haber estado en programas de prevención o protección –los casos de Pineda y Ríos– de riesgo a periodistas por parte de mecanismos locales o el federal, evidenciando su incapacidad e ineficacia de brindar apoyo a las y los periodistas. Situación que además se ha reproducido desde el asesinato de Pedro Tamayo en 2016, quien a pesar de tener acompañamiento previo de la CEAPP de Veracruz, fue asesinado afuera de su domicilio en Tierra Blanca.

Es alarmante para ARTICLE 19 que a pesar de la tardía convocatoria hecha por Enrique Peña Nieto en mayo pasado y luego de más de cincuenta meses de gestión en dónde el Presidente de la República omitió atender puntualmente la grave crisis de garantía de la libertad de expresión en México, la reunión extraordinaria de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago) en la cual el ejecutivo federal anunció una serie de “acciones para la libertad de expresión y la protección de periodistas y defensores” no ha generado resultado positivo alguno, y, por el contrario, luego de el enunciamiento de dichas medidas han sido asesinados seis periodistas en México.

Para ARTICLE 19 resulta especialmente preocupante la información que se ha dado a conocer en distintos medios de comunicación y la desacreditación a la labor periodística de Gumaro Pérez, así como “el resultado de las primeras indagatorias” hechas por la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz y el posterior comunicado emitido por dicha autoridad investigadora en la cual manifiestan que los hechos ocurridos el día de ayer no tienen vínculo con la actividad periodística de Pérez Aguilando.[1] Además, en un segundo comunicado, la FGE criminaliza al periodista al asegurar que cuenta con información que podría vincularlo con grupos del crimen organizado, como resultado de su investigación.

En este sentido, ARTICLE 19 recuerda a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, particularmente al Fiscal General Jorge Winckler Ortíz, el deber de investigar los hechos desde la perspectiva funcional del periodismo y la repercusión social que tienen los hechos como el ocurrido el día de ayer. Asimismo, es importante acatar cabalmente los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la nula exigencia de pertenencia a un medio de comunicación ni a la temporalidad de las actividades que realizan las y los periodistas para ser considerados como tales[2].

De este modo, ARTICLE 19 exige que se agoten puntulamente las líneas de investigación relacionadas con la actividad periodística de Pérez Aguilando, y no desvirtuar de primera instancia que estos hechos no tengan relación con la actividad periodística del comunicador, pues tal situación posibilita que actos como el ocurrido la mañana de ayer se reproduzcan y permanezcan en la impunidad, poniendo en riesgo además, a periodistas de la zona.

Por tanto, ARTICLE 19 exige a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión atraiga a la brevedad la investigación de los hechos y realice todas las diligencias necesarias para agotar la línea de investigación relacionada con la actividad periodística de Pérez Aguilando de forma diligente, completa, exhaustiva y eficiente, debiendo garantizar los derechos humanos de la familia.

ARTICLE 19 exige a la Comisión Estatal de Protección a Periodistas de Veracruz, así como al Mecanismo Federal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas otorguen las medidas necesarias para salvaguardar la integridad física y emocional de las y los periodistas en México. Debiendo además garantizar análisis de riesgo que contemplen las condiciones y vulnerabilidades de las zonas dónde trabajan los periodistas e implementar medidas que sean eficaces y necesarias para evitar que actos como el de ayer se repitan.

En este sentido, ARTICLE 19 retoma y adopta lo señalado por los Relatores para la Libertad Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en su más reciente visita a México,  respecto a la necesidad de que el gobierno mexicano otorgue las herramientas necesarias para hacer efectivos los mecanismos de protección. Así como la condena del asesinato del periodista Pérez Aguilando y la necesidad de replantear las acciones de la Alerta de Veracruz y garantizar que se adopten e implementen las medidas de prevención y protección adecuadas para las y los periodistas de la región.

Por tanto, ARTICLE 19 hace un llamado urgente al titular del Ejecutivo Federal, Enrique Peña Nieto, a implementar las tardías acciones que fueron anunciadas en mayo pasado e instruir a quien corresponda a atender la grave problemática de la libertad de expresión, no sólo con reuniones urgentes sino en la práctica cotidiana del ejercicio periodístico en México, lo anterior para garantizar y hacer efectivas sus declaraciones hechas al mencionar que “México tiene que distinguirse por salvaguardar la libertad de prensa”, situación que no ha acontecido. Actuar en contrario acentúa la responsabilidad internacional de su gobierno al ser incapaz de garantizar las condiciones necesarias para el ejercicio periodístico.

Por último, ARTICLE 19 hace un nuevo llamado al gobernador de Veracruz, Miguel Ángel Yunes a garantizar el pleno goce de los derechos humanos de todas y todos los habitantes del Estado, debiendo implementar acciones que reviertan la ola de violencia en la zona, particularmente la que afecta el libre flujo de la información y el derecho a la libre expresión de las y los periodistas.

[1]    https://www.facebook.com/fgeveracruz/posts/2010670429197126
[2]    Al respecto, la Suprema Corte de Justicia emitió las tesis: “PROTECCIÓN A PERIODISTAS. LA PERTENENCIA A UN MEDIO DE COMUNICACIÓN ES IRRELEVANTE PARA DETERMINAR LA CALIDAD DE PERIODISTA.”, “PERIODISTA. LA DEFINICIÓN DEL TÉRMINO DEBE ORIENTARSE A SUS FUNCIONES” y “PROTECCIÓN A PERIODISTAS. CRITERIO TEMPORAL PARA DETERMINAR LA CALIDAD DE PERIODISTA.”

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al +52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

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