Se debe desestimar la denuncia contra el periodista Jesús Patiño de León, Guanajuato
Foto: Cortesía del periodista
Ciudad de México, a 18 de agosto de 2026. ARTICLE 19 México y Centroamérica rechaza el hostigamiento judicial por la vía penal contra el periodista Jesús Patiño Olalde, del Periódico AM, por parte del ex secretario de Vinculación y Atención a los Leoneses de León, Guanajuato, Allan León Aguirre[1]. El periodista fue acusado de “acecho” por publicar sobre contratos a empresas fachada vinculadas a familiares del funcionario de León.
El pasado mes de junio, el político Allan León Aguirre publicó un video en su cuenta de Facebook, en el que informó que presentó una denuncia contra “quien resultara responsable” por la realización de “publicaciones presuntamente sin fundamento legal”. En dicho video, además, señaló publicaciones difundidas por el medio Periódico AM. Según la información obtenida por ARTICLE 19, el procedimiento se inicia a raíz de publicaciones sobre irregularidades de contratos otorgados a la esposa de León Aguirre, por parte del ayuntamiento de León, Guanajuato. Las investigaciones del Periódico AM revelan una presunta red de empresas fachada y contratos millonarios otorgados por el gobierno de León a proveedores vinculados a la familia de León Aguirre.
El periodista Jesús Patiño pudo confirmar el inicio del proceso judicial cuando recibió la notificación el día 21 de julio de 2026, en la que se estipulan medidas preventivas de protección en favor del ex funcionario, incluyendo que el periodista no pueda acercarse a León Aguirre.
Esta denuncia se trata de un pleito estratégico contra la participación pública (SLAPP por sus siglas en inglés), ya que tiene como objetivo amedrentar o inhibir investigaciones que visibilizan hechos de interés público. Prueba de esto es que el ex-funcionario compartió capturas de pantalla de la red social Whatsapp donde el periodista solicita entrevista al político como evidencia de “acecho”. Aunado a esto, acusa al periodista de “sobrevolar un dron” sobre su domicilio, pese a que el periodista no utiliza drones en su labor.
Estándares interamericanos sobre libertad de expresión
ARTICLE 19, recuerda que de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, todas las personas servidoras públicas están sujetas a un escrutinio público mayor. Si bien la renuncia de Allan León ocurrió en abril de 2026, el impacto de su rol dentro de éste ámbito se mantiene vigente y es de interés público, como lo son, el seguimiento a las investigaciones realizadas por el Periódico AM en lo que va del año. Asimismo, las publicaciones en materia de la administración de Gutiérrez Campos son publicaciones de relevancia pública, discursos especialmente protegidos en los marcos normativos de libertad de expresión.
De acuerdo con el artículo 13. 2 de la Convención Americana, es necesario dar cumplimiento al llamado “test tripartito” para limitar el derecho a la libertad de expresión. Este incluye la limitación debe haber sido definida en forma precisa y clara a través de una ley formal y material, así como la limitación debe ser necesaria en una sociedad democrática para el logro de los fines imperiosos que se buscan.
De acuerdo con la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación[2], deja la libertad de expresión es un derecho amplio y que funge un rol de monitor ciudadano sobre el actuar de personas con proyección pública:“[…] la opinión pública es el medio de controlar a los depositarios del poder y que la libertad de prensa es necesaria para la vida política y social y que debe interpretarse con criterio amplio atendiendo al fin, que es el bien público, social, general.”
En vista de los hechos aquí descritos, ARTICLE 19:
- Llama a Allan León Aguirre, ex-funcionario público, y a Alejandra Gutiérrez Campos, alcaldesa de León, Guanajuato, a abstenerse de iniciar procesos judiciales contra la prensa por sus investigaciones periodísticas.
- Exige a la Fiscalía General del Estado de Guanajuato a abstenerse de investigar o archivar el caso, ya que los hechos no constituyen un delito por estar amparados bajo el ejercicio legítimo del periodismo, según estándares internacionales sobre la libertad de expresión.
- Urge a los gobiernos municipales de Guanajuato que condenen cualquier abuso de recursos públicos por parte de funcionarios o ex-funcionarios públicos y que reconozcan la importancia de la libertad de prensa y de la labor periodística en sus entidades.
[1] De acuerdo con una nota periodística, Allan León Aguirre renunció al cargo de Secretario de Vinculación y Atención a los Leoneses en abril del año en curso “para “facilitar” que la Contraloría investigue la asignación de contratos por 7.3 millones de pesos a Office and Publicity, empresa que se constituyó usando la identidad de dos mujeres de colonias populares de León”. https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/04/18/estados/renuncia-allan-leon-tras-escandalo-de-contratos-millonarios-con-empresa-fantasma-en-leon
[2] Análisis dentro de la tesis aislada de la Sexta Época de rubro “ATAQUES A LA VIDA PRIVADA (LEY DE IMPRENTA)” (Semanario Judicial de la Federación, Segunda Parte, VII, página 10)
