Publicación de estadísticas de letalidad de SEDENA debe resultar en la apertura de información adicional
- La información estadística publicada por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), previamente había sido declarada como inexistente en repetidas ocasiones.
- Estadísticas de uso de la fuerza publicadas por SEDENA mantienen inconsistencias respecto a los registros publicados por la institución hasta abril de 2014.
- Deben publicarse versiones públicas de los informes policiales e informes de Uso de la Fuerza, así como bases de datos con mayor desagregación para dar sustento a las estadísticas. Sólo de esta manera podremos ver que la transparencia no es selectiva.
Ciudad de México, a 14 de octubre de 2019.- El día de hoy, el gabinete de seguridad del Gobierno Federal publicó en conferencia de prensa el Informe de Seguridad Pública donde se incluyó una serie de estadísticas sobre uso de la fuerza (número de personas fallecidas, heridas, detenidas en “enfrentamientos” o “agresiones” con fuerzas federales). Además, se publicó el número de eventos, de autoridades heridas o fallecidas, así como el índice de letalidad del 1° de diciembre de 2006 al 30 de septiembre de 2019.
La publicación de esta información es un paso importante en la apertura y transparencia de una de las instituciones más opacas del país. Por ello, es necesario aprovechar esta oportunidad para exigir que estos datos se publiquen periódicamente y que se dé paso a mayor transparencia en dicha institución. Para comenzar, es necesario dar mayor sustento a esta primera publicación de información, por lo que debe ir acompañada de la apertura de:
- Bases de datos sobre estadísticas de uso de la fuerza con el mayor nivel de desagregación posible que permita contrastar y verificar lo publicado el día de hoy.
- Las versiones públicas de los Informes Policiales Homologados, así como los informes de uso de la fuerza que deben generar las autoridades militares inmediato a un “enfrentamiento” o “agresión”, tal como lo establece la Directiva que regula el uso legítimo de la fuerza por parte del personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en cumplimiento del ejercicio de sus funciones en apoyo a las Autoridades Civiles, y en aplicación de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y el artículo 15, del Manual de Uso de la Fuerza, de Aplicación Común a las Tres Fuerzas Armadas.
Esto se vuelve necesario al identificar inconsistencias entre las estadísticas publicadas el día de hoy y las publicadas por SEDENA antes de 2014: en respuestas a nuestras solicitudes de información, el ejército entregó datos sobre heridos, detenidos y muertos en enfrentamientos sólo de 2007 hasta la primavera del 2014. Tomamos dichos datos y los contrastamos con los publicados el día de hoy. No coinciden. Además, a través de la publicación de esta información no sólo será posible analizar los efectos de las políticas públicas en materia de seguridad, sino también son una herramienta que permite el escrutinio público y la participación ciudadana, generando instituciones más sólidas y confiables.
Es fundamental mencionar que los datos publicados habían sido negados sistemáticamente en procesos de acceso a la información que realizan ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil, académicos y periodistas. Esta situación se mantuvo desde abril de 2014, fecha en que la institución dejó de publicar estos datos. La respuesta más frecuente de SEDENA sostenía que se trataba de información inexistente bajo el argumento de que no era parte de sus competencias. A continuación, se toma un fragmento del oficio de SEDENA en respuesta a la solicitud 0000700242617, en el que se declara la inexistencia de la información estadística en cuestión:
Fuente: Oficio de SEDENA en respuesta a la solicitud 0000700242617, con fecha del 15 de enero de 2019
En agosto de este año ARTICLE 19 y el Programa de Política de Drogas del Centro de Investigación y Docencia Económicas Región Centro interpusimos amparos indirectos contra el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personal (INAI), donde SEDENA, Policía Federal y la FGR son terceros interesados ante la inconformidad de sus respuestas en solicitudes de información realizadas a estas instituciones. Tanto SEDENA como FGR han declarado que no cuentan con las estadísticas y que se trata información que no forma parte de sus atribuciones.
Dada esta contradicción, alrededor de la publicación de estos datos surgen cuestionamientos que deben ser atendidos: 1) ¿SEDENA sí contaba con la información que sistemáticamente fue negada por cinco años en los procesos de acceso a información pública, violando así el derecho humano a la información? 2) si la Secretaría no contaba con dicha información, ¿entonces de dónde se obtuvieron los datos cuando tampoco FGR contaba con ellos?
Lo cierto es que la publicación de las estadísticas resalta efectos positivos de la estrategia en materia de seguridad. Esto —sumado a que anteriormente no se abría ningún dato en la materia— nos permite inferir que la publicación de la información y la transparencia se dan de manera selectiva y no en tanto promoción del acceso a esta información como un derecho humano. Por ello, es fundamental resaltar que las instituciones de seguridad y el gobierno federal deben adquirir un enfoque de derechos humanos, en donde la apertura de datos se dé como un derecho más que como una forma de resaltar éxitos.
1.- Del proceso han derivado las demandas de amparo 1251/19 en el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México; 975/2019 en el Juzgado Doceavo; 1090/2019 en el Juzgado Séptimo y 1083 en el Juzgado Dieciseisavo, todas en proceso.