Gobernador de Baja California inicia el año estigmatizando periodistas
Ciudad de México, a 13 de enero de 2021. – Los días 11 y 12 de enero 2021, durante sus conferencias diarias, Jaime Bonilla Valdez, gobernador de Baja California estigmatizó a Adán Mondragón, director del portal “ReporteBC”. El funcionario acusó que se le dieron instrucciones al periodista para hacer “un trabajo sucio”.
Los hechos ocurrieron a raíz de un artículo publicado por Mondragón, en donde cita una declaración patrimonial, un recibo del predial y el Registro Público de la Propiedad y Comercio (RPPC) reportó que el actual gobernador de Baja California es el actual propietario de una propiedad que registra un adeudo de 19 años de predial.
Durante su conferencia mañanera del 11 de enero, Bonilla respondió a un cuestionamiento del periodista diciendo que vendió la propiedad hace más de 42 años. Sin embargo, el funcionario no se limitó a contradecir los hechos, sino que atacó el carácter y la investigación del periodista: “lástima que vas a terminar con el huevo en la cara”, infirió también que el presidente municipal “te dio instrucciones para que hicieras ese trabajo sucio”. Finalmente, llamó la investigación una “nota de mala fe y politiquerías”.
En respuesta a estos comentarios, la agrupación #YoSíSoyPeriodista emitió un comunicado con 56 firmas, rechazando la estigmatización por parte del gobernador y en muestra de apoyo para el director del medio “ReporteBC”, así como a su trabajo periodístico documentado.
En la mañanera del 12 de enero, el gobernador retomó el tema y aludió a que Mondragón, así como las y los periodistas firmantes eran “disque periodistas” y que la investigación no se había hecho de manera “profesional”. Bonilla describió a las y los periodistas como una oposición que le ataca y que “cobran por lo que no publican”.
“Muchos nos tiran el golpe para ver la reacción, y después ver cómo nos arreglamos. No hay moches, eso sí se acabó […] por eso las redes son benditas, por que tienes al menos también una defensa, pero tienes la opción de defender, un derecho de réplica […] los derechos humanos son para todos, no solo para los disque periodistas y la hacen verdad en su propia mente.”
Esta es la primera estigmatización por parte del gobernador documentada este año. Sin embargo, en 2020 ARTICLE 19 emitió dos alertas y envió una carta pública al gobernador recordando su obligación de abstenerse de atacar a la prensa, así como de formar un ambiente de pluralidad de la información, necesario para la democracia.
En este sentido, la organización recuerda a Jaime Bonilla Valdez y al Gobierno del estado de Baja California que tal como lo establece la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la CIDH, así como la Corte Interamericana de Derechos Humanos[1], las personas servidoras públicas están sujetas a un mayor umbral de tolerancia al escrutinio dado el carácter de interés público de las actividades que realizan. Por ello, el titular del ejecutivo estatal debe evitar declaraciones que estigmaticen el ejercicio periodístico a fin de garantizar la pluralidad de la información.
Si bien todo individuo puede ejercer su derecho de réplica y verificar información, éste está plenamente marcado en la normativa constitucional mexicana[2]. Sin embargo, este derecho no implica el descalificar investigaciones o el carácter de los individuos y de la labor periodística, sino únicamente a rectificar información cuando esta sea errónea.
En vista de lo anterior, ARTICLE 19 se suma a las exigencias del gremio periodístico en Baja California y:
- Reitera a Jaime Bonilla, Gobernador de Baja California, que debe cesar el discurso estigmatizante contra Adán Mondragón y cualquier otra persona que ejerza su libertad de prensa.
- Asimismo, llama al gobernador a reconocer la importancia de las y los periodistas en el fortalecimiento de la democracia así como en su rol de brindar información de interés público a la sociedad.
[1] Corte IDH. Caso Ríos y otros vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de enero de 2009. Serie C No. 194. párr. 143; Corte idh. Caso Perozo y otros vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de enero de 2009. Serie C No. 195. párr. 155.
[2] LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 6o., PÁRRAFO PRIMERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA
Nota para prensa
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