Urge una CNDH que proteja los derechos humanos en México
Ciudad de México, 24 de octubre de 2014.- Ante el proceso de designación de quien será el nuevo titular de la CNDH, ARTICLE 19 hace un llamado al Senado para que garantice un órgano autónomo, capaz de velar por los derechos humanos y que esté alejado de los intereses políticos.
La actual administración de la CNDH encabezada por el doctor Raúl Plasencia, ha desempeñado un papel deficiente en la protección y garantía de derechos, debido a que la agenda de esta institución juega más en sentido de una agenda política y no una verdadera defensoría de la ciudadanía. Sobresale su omisión en violencia contra periodistas, así como su aval ante las leyes aprobadas en algunas entidades que restringen los derechos a la libertad de expresión y reunión, pese a ser violatorias a estándares internacionales en la materia. Se evidenció no sólo la falta de un programa para afrontar la crisis que en materia de derechos humanos se vive en México sino que en materia de libertad de expresión no hubo una estrategia para documentar efectivamente la situación y mucho menos en desarrollar acciones encaminadas a la promoción, prevención y protección del ejercicio de la libertad de expresión.
En materia de protección a periodistas, la CNDH también ha actuado de manera omisa, si bien, en agosto de 2013, emitió la Recomendación General N° 20 “Sobre agravios a periodistas en México y la impunidad imperante, dicho documento no detalla la metodología para obtener las cifras que proporciona, ni las fuentes que lo sustenten. Además, refiere en este documento que de 2000 a julio de 2013 ha habido 145 casos de violaciones graves en contra de periodistas (homicidios, desapariciones, atentados con explosivos a medios de comunicación); sin embargo, no analiza las particularidades de cada caso y periodista agredido, así como recomendaciones e investigaciones específicas, y el establecimiento de reparaciones individuales, dejando en una generalidad este tema, fallando en su deber de abonar a procesos de verdad, justicia y reparación integral en casos concretos que adicionalmente pueden abonar a la no repetición de violaciones similares, más aun de que a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, tiene la obligación de investigar violaciones graves a derechos humanos.
El caso de Puebla es un claro ejemplo de cómo los intereses políticos están por encima de la defensa de los derechos. La llamada “Ley Bala”, aprobada en mayo de 2014, regula el uso de la fuerza pública, misma que la CNDH convalidó al no encontrar vicios de inconstitucionalidad e inconvencionalidad. Sin embargo, la vigencia de la misma llevó a los acontecimientos suscitados en San Bernardino Chalchihuapan el 19 de mayo, donde la intervención policial provocó la muerte de un niño de 13 años y diversas lesiones contra pobladores. Al respecto, emitió la Recomendación 2VG/2014 sobre esos hechos, en la cual diluyó responsabilidades y convalidó nuevamente esta ley, además de no dar un seguimiento puntual y vigilar el cumplimiento de la recomendación.
Asimismo, el 18 de octubre también se presentaron en Chalchihuapan elementos policiales donde detuvieron a varias personas en cumplimiento a órdenes de aprehensión, alegando que fueron detenciones para cumplir con la ya mencionada
recomendación de la CNDH; no obstante, cometieron diversas arbitrariedades, haciendo uso excesivo de la fuerza como generar destrozos en las casas y encañonar a los familiares, incluidos menores de edad. La CNDH omitió nuevamente actuar al respecto, al no activar sus mecanismos como iniciar una queja de oficio o emitir medidas cautelares para evitar la consumación irreparable de violaciones a derechos.
A esto se suma la falta de celeridad en la investigación y emisión de recomendaciones públicas en casos de violaciones a los derechos humanos, así como a la deficiente argumentación jurídica en los casos, situación que resta valor a sus resoluciones y poco abona a revertir la situación de violencia.
Es así como Raúl Plascencia Villanueva, ha llevado a cabo un trabajo ineficiente en sus funciones de protección y garantía de los derechos humanos de 2009 a la fecha. Sus recomendaciones y el ejercicio de las facultades de la CNDH no han derivado en reparaciones efectivas para las víctimas de violaciones a derechos humanos ni en la no repetición de violaciones graves a las mismas. Por lo tanto, su continuidad en el cargo representa una amenaza para la protección, defensa, promoción y vigencia de los derechos humanos en México, por ello, exhortamos al Senado para que garantice una insititucion autónoma, capaz de cumplir con su mandato.
Para ARTICLE 19 la falta de reconocimiento público sobre la idoneidad del titular de la CNDH afecta severamente su función primordial de emitir recomendaciones públicas que por su sola calidad argumentativa, de investigación y credibilidad generen su aceptación y cumplimiento.
Nota para prensa
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