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Policía estatal usa la fuerza de manera arbitraria y reprime y censura  a periodistas en el Estado de México

Ciudad de México, a 25 de mayo de 2022.- ARTICLE 19, Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC) y la Red Nacional de Periodistas rechazan el abuso del uso de la fuerza y violencia física por parte de elementos de la policía estatal en contra de personas periodistas durante una protesta a favor del matrimonio igualitario en Toluca, Estado de México.

El 19 de mayo de 2022, alrededor de 20 personas integrantes de colectivos de la comunidad LGBTTIQ+ realizaban una manifestación en las inmediaciones de la catedral de Toluca para promover la aprobación del matrimonio igualitario en el Estado de México. Integrantes de diversos medios de comunicación acudieron a cubrir el acto; mientras, dentro del recinto, se llevaba a cabo un evento oficial de la iglesia para designar al nuevo arzobispo. 

Alrededor de 100 elementos de la Secretaría de Seguridad Pública estatal custodiaban el inmueble, al percatarse que personas del contingente buscaban ingresar al lugar, comenzaron a encapsular a las y los manifestantes. En una transmisión en vivo del medio Meganoticias Toluca se observa cómo los elementos de seguridad pública empezaron a agredir a las personas en protesta y periodistas, intentaron replegarles a empujones con sus escudos haciendo uso excesivo de la fuerza. De acuerdo con los testimonios recabados, las autoridades justificaron su mala actuación afirmando que no había protocolos para personas trans y de la diversidad sexual. 

​​La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) establece que la orientación sexual y la identidad de género de las personas son categorías protegidas por la Convención Americana. […] En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual o identidad de género

Es importante recalcar que los argumentos utilizados por los elementos de seguridad para justificar la violencia ejercida contra las personas de la diversidad sexual contraviene lo establecido por la CoIDH, pues ninguna autoridad puede restringir derechos a partir de su orientación sexual o identidad de género.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló que las personas LGBTI, o personas percibidas como tales, son objeto de varias formas de violencia y discriminación basadas en la percepción de su orientación sexual, identidad o expresión de género y que esas situaciones de violencia y discriminación son una violación clara de sus derechos humanos. Por lo que el Estado debe asegurar una protección adecuada a este grupo de personas y eliminar los obstáculos que les impide el ejercicio de su derecho de protesta.    

Durante estas agresiones las y los periodistas que se encontraban dando cobertura a los hechos, fueron agredidos también con los escudos y toletes, pese a que se identificaron como prensa. Las organizaciones ARTICLE 19 y CIMAC documentaron que por lo menos  cinco personas periodistas fueron agredidas y resultaron heridas, de las cuales se tiene el testimonio de tres.  

Un periodista, de quien se omite nombre y medio por razones de seguridad, se encontraba en el lugar grabando la protesta, cuando elementos de seguridad pública estatal con escudos comenzaron a empujar a manifestantes y a integrantes de los medios de comunicación. El periodista recibió un golpe con un escudo en el costado izquierdo de su cuerpo, a la altura del dorso, por lo que la  pierna que sostenía su cámara se debilitó y lo hizo caer. Mientras se encontraba en el suelo, siguieron avanzando los elementos de seguridad pública sin importar pasar sobre él. Sobre esto, el periodista tuvo que ir al hospital y presentó lesiones como rotura de ligamento posterior de la rodilla y desgarre de meniscos.

Ante esto, la corresponsal de La Silla Rota, de quien se omite el nombre por seguridad, intentó contener a los elementos de seguridad estatal para salvaguardar a su compañero. En el video de Meganoticias Toluca se aprecia a la reportera gritando  que eran periodistas mientras era sujeta a golpes a través del uso de los escudos y toletes de los elementos de seguridad pública. Derivado de estas agresiones, la periodista tuvo diversas lesiones, esguince en el pie izquierdo, tendinitis en el tobillo derecho, así como moretones en el pómulo izquierdo, ambos brazos y en la muñeca derecha.

Por su parte, otra periodista, cuyo nombre y medio se reserva por seguridad, fue agredida físicamente por elementos de la policía en la cabeza, luego, la periodista intentó disuadir diciendo: que era mujer y prensa, a lo que uno de estos elementos respondió con un insulto y continuó agrediéndola con un tolete en varias partes del  cuerpo. Esto le ocasionó lesiones en el tobillo, codo y muñeca. La periodista también relató que una persona que no se identificó pero dijo ser representante del gobierno del estado salió a mediar la situación, ella lo cuestionó de su agresión y le contestó: si te hicieron eso  fue por algo. 

Luego de los hechos aquí descritos y por la gravedad de los mismos, la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de México inició de oficio las quejas CODHEM/AE/IG/25/2022 y CODHEM/AE/APC/6/2022 con la finalidad de investigar los acontecimientos de manera objetiva y con respeto a los derechos humanos. 

La protesta social es muchas veces la única forma de exigir justicia, por lo que la regulación del uso de la fuerza debe ir encaminada a proteger a las personas en contextos de protesta y tener siempre un enfoque de derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género y enfoque interseccional; destacamos que estas acciones pueden evitar el riesgo de que elementos de seguridad agredan a la prensa y manifestantes.  

La CIDH afirma que la protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades democráticas y se debe ejercer de manera pacífica y sin armas. Los Estados deben adoptar medidas proporcionales al logro de estos objetivos y no obstaculizar de manera arbitraria el ejercicio de los derechos en juego en las protestas. 

La CoIDH en el caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) Vs. Venezuela señaló que la seguridad ciudadana no puede basarse en un paradigma de uso de la fuerza que apunte a tratar a la población civil como el enemigo, sino que debe consistir en la protección y control de los civiles que participan de manifestaciones.

El Estado mexicano, tiene entonces la obligación de proteger, respetar y garantizar el ejercicio de los derechos a la protesta, a la libertad de expresión y el derecho a la información. De la misma forma, debe asegurar  garantías de no repetición y acceso a la justicia, y reparación del daño. 

En vista de lo anterior, las organizaciones firmantes exigimos: 

  • A la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Toluca, con apoyo de la Unidad de Asuntos Internos (UAI) iniciar una investigación para establecer responsabilidades a elementos de la policía quienes hayan utilizado la violencia física en contra de las manifestantes y periodistas para reprimir la protesta.
      
  • A la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de México, dar seguimiento a las quejas que se abrieron correspondientes por la vulneración al derecho humano a la libre manifestación CODHEM/AE/IG/25/2022 y por la afectación a la libertad de expresión de periodistas CODHEM/AE/APC/6/2022.
  • Al Mecanismo de Protección de Personas Defensoras y Periodistas y al mecanismo local del estado de México para actuar conforme a sus atribuciones y aplique las medidas adecuadas para proteger a las personas periodistas que fueron agredidas en la protesta. 

Nota para prensa

Para más información, favor de contactar a comunicacion@article19.org 

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.