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La reforma al Sistema Interamericano no debe limitar las funciones de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH

México DF, 12 de enero 2012. El próximo lunes 25 de enero de 2012, el Consejo Permanente de la OEA discutirá una serie de recomendaciones que supuestamente tienen como objetivo  fortalecer el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.  Sin embargo, tres de estas recomendaciones podrían limitar el papel y los recursos con los que opera la Oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión, un mandato clave para la promoción y defensa de la libertad de expresión en el hemisferio. ARTICLE 19 expresa su preocupación por estas iniciativas y llama a los Estados miembros y otros interesados a que en lugar de restringir el mandato del Relator Especial, su estructura y responsabilidades actuales, la apoyen y fortalezcan.

En junio de 2011, el Consejo Permanente aprobó la creación de un Grupo de Trabajo para discutir las medidas para fortalecer el sistema interamericano para la protección de los derechos humanos. El 13 de diciembre de 2011, el Grupo de Trabajo aprobó un informe final que fue presentado al Consejo Permanente de la OEA. Estas recomendaciones incluyen una propuesta para dejar de publicar el informe anual del Relator Especial sobre Libertad de Expresión (e incorporar todos los informes en un solo capítulo de la Comisión Interamericana en el informe anual de Derechos Humanos); así como la adopción de «códigos de conducta» para las actuaciones de todas las relatorías de la CIDH y, finalmente, homologar los recursos destinados a cada una de éstas.

ARTICLE 19 expresa su preocupación ante la posibilidad de que las recomendaciones puedan debilitar el mandato de la Relatoría para la Libertad de Expresión. La Oficina de la Relatoría Especial fue creada en 1997 para promover la importancia de la plena vigencia de la libertad de expresión e información en las Américas, dado el papel fundamental que desempeña en la consolidación y desarrollo de cualquier sistema democrático. ARTICLE 19 considera que esta Relatoría, junto con sus contrapartes en la ONU, la OSCE y la Unión Africana, han desempeñado un papel crucial en el avance de este derecho humano y la atención de las amenazas que ciernen sobre éste en la región y en todo el mundo.

Durante los años en que ha estado en funciones, los informes anuales de la Relatoría dedicados a documentar la situación de la libertad de expresión han sido instrumento de vital importancia evaluar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de derechos humanos en la materia de los Estados miembros, por lo que se han convertido en una guía para que la OEA  preste asistencia en impulsar que los Estados realicen las reformas necesarias para garantizar y proteger el derecho a la libertad de expresión.

También preocupa a ARTICLE 19 que la propuesta de adoptar el «Código de Conducta» para todas las Relatorías pudiera interferir de manera injustificada en su libre actuación. Cualquier iniciativa en este sentido deberá garantizar a las Relatorías la independencia necesaria para comentar con libertad sobre los temas que son objeto de su mandato sin ningún tipo de control o limitación por parte los Estados miembros.

La Oficina del Relator Especial no depende de los fondos provenientes de la CIDH y ha tenido éxito en la obtención de financiación propia, con autonomía. Los diferentes individuos designados como relatores especiales en la última década han sido voces que condenan abiertamente las violaciones a la libertad de expresión y han pedido a los gobiernos mejorar las políticas y legislaciones para la protección promoción de la libertad de expresión en la región.

ARTICLE 19 pide por lo tanto a los Estados americanos proteger el importante papel de la Oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión y abstenerse de adoptar cualquier medida que pueda debilitar sus funciones y atribuciones. En particular, instamos a los diplomáticos presentes en la reunión del 15 de enero y el seguimiento de las discusiones a:

• Asegurar que la Oficina de la Relatoría Especial continúe publicando su informe anual por separado;

• Garantizar que la Oficina de la Relatoría mantenga la suficiente autonomía para recaudar fondos para sus actividades, y que

• La Oficina de la Relatoría pueda seguir actuando con independencia en el ejercicio de sus funciones, previniendo la adopción de cualquier norma y/o procedimiento que limiten sus actuales responsabilidades y facultades.

 

Consulta el Kit de prensa AQUÍ

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a Juan Carlos Romero, Oficial Adjunto del Programa de Libertad de Expresión de la Oficina en México y Centro América juan@article19.org o hablar al + 52 55 1054 6500.

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

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