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Aprobación de la reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación criminaliza e inhibe el derecho a la protesta social

Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2021.- El Espacio OSC para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social (FLEPS), ven con enorme preocupación que el 14 de diciembre de este año, la Cámara de Senadores aprobó con 75 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones la reforma al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, la cual generará un impacto negativo e inhibitorio hacia el derecho a defender derechos humanos y el derecho a la protesta social.

Como se había precisado el pasado 18 de diciembre de 2020, esta reforma abarca conductas propias el ejercicio del derecho a la protesta, como el interrumpir el tránsito de medios de transporte y la operación de los servicios de peaje. El artículo también contempla como conductas que puede ser sancionadas penalmente a la total o parcial interrupción o deterioro de los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte. Estas acciones o conductas representan formas de la protesta social que diversos movimientos sociales han empleado para hacer escuchar sus exigencias en México.

Adicionalmente, las sanciones contempladas en la reforma son de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización –un equivalente a 8,962 a 44,810 pesos en la actualidad-, lo cual implica que en caso de enfrentar procesos penales, las personas manifestantes probablemente se verían imposibilitadas para hacer frente a las sanciones.

Se recuerda al legislador que las sanciones penales deben ser proporcionales a la conducta desplegada frente al bien jurídico afectado, siendo en este caso la “movilidad” de las personas frente a la exigencia y manifestación de descontento por parte de movimientos sociales y/o personas defensoras de derechos humanos.

Consideramos que la aprobación de esta reforma por ambas Cámaras contribuye al discurso punitivista hacia el ejercicio de derechos y estigmatiza a quienes ejercen el derecho a la manifestación.

Asimismo, como precisamos en el comunicado pasado, quienes mayormente emplean el ejercicio del derecho a la protesta son sujetos en situación de pobreza, personas defensoras, mujeres y poblaciones racializadas por lo que las penas son desproporcionadas y colocan en mayor situación de vulnerabilidad a quienes ejercen este derecho al Sistema de justicia penal mexicano.

Debe recordarse que bajo estándares internacionales la toma de las calles y vías es una otra forma legítima de apropiación del espacio cívico, siendo ésta cualquier acción individual o colectiva dirigida a expresar ideas, visiones o valores de disenso, oposición, denuncia o reivindicación.

Al legitimar una reforma que estigmatiza y criminaliza la protesta social a través de pérdidas económicas o asociando al crimen organizado con el ejercicio de estas conductas únicamente tendrá como resultado el inhibir esta forma de participación ciudadana, lo cual se traduce en menores condiciones democráticas.

La aprobación de esta reforma permitirá el incremento de actos de violencia institucional en contextos de manifestaciones, demostrando nuevamente la intención de inhibir el ejercicio de libertades esenciales para una sociedad democrática por parte del Estado mexicano, tal como ha ocurrido en los años 2020 y 2021, en el que organizaciones integrantes del FLEPS documentaron  actos de represión y estigmatización de las autoridades en sus distintos niveles en contra de manifestantes y personas defensoras de derechos humanos como lo han sido colectivos feministas así como personas defensoras de tierra y territorio.

En ese sentido, las autoridades de todos los niveles de gobierno deben favorecer la adopción de vías menos grabosas para remediar situaciones donde se vean involucrados el ejercicio de otros derechos o intereses del Estado mexicano frente al ejercicio del derecho a la protesta, teniendo como última alternativa el ampliar la política criminal como única solución.

La aprobación de las reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación por ambas Cámaras es violatoria de la Constitución y Tratados ratificados por el Estado mexicano al contravenir el carácter progresivo de los derechos humanos. En consecuencia, condenamos la reciente aprobación del dictamen que reforma la Ley de Vías Generales de Comunicación por la Cámara de Diputadxs.

 

Por lo anterior instamos:

A la Comisión Nacional de Derechos Humanos, mantenerse pendiente del proceso legislativo y promover, en su caso, la acción de inconstitucionalidad en contra de la publicación de la reforma al artículo 33 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

A las y los integrantes del Congreso de la Unión, a abstenerse de impulsar y aprobar leyes y marcos normativos contrarios al efectivo cumplimiento de los derechos humanos, en especial en aquellos que restringen el derecho a defender derechos humanos, la libertad de expresión y la protesta social.

 

Redes firmantes

Espacio OSC para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

ARTICLE 19; Casa del Migrante Saltillo; Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA); Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan; Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL); Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos); Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH); Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC); Consorcio Para el Diálogo Parlamentario y Equidad, Oaxaca A.C; Instituto de Derecho Ambiental A.C. (IDEA); JASS Asociadas por lo Justo; Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (RedTDT); SMR Scalabrinianas, Misión con Migrantes y Refugiados; Servicios y Asesoría para la Paz (Serapaz). El Espacio OSC está acompañado por Brigadas Internacionales de Paz (PBI) y Amnistía Internacional México.

Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social (FLEPS)
ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica, Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria OP”, A.C., Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, A.C.,
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo CEPAD, A.C., Centro Nacional de Comunicación Social A.C. Cencos, Colectivo de Abogadas y Abogados Solidarios CAUSA, Espacio Libre e
Independiente Marabunta A.C., A.C., Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica, A.C., Servicios y Asesoría para la Paz, A.C., Red de Organismos Civiles “Todos los Derechos
para Todas y Todos”, A.C., Resonar.

 

Nota para prensa

Para más información, favor de contactar a comunicacion@article19.org 

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.