ALERTA: IFETEL suspende señal de dos radios comunitarias de Morelos y Puebla
México, D.F. a 06 de agosto de 2014.- Las estaciones de radio comunitarias Zacatepec Radio y Radio Axocotzin, que se trasmiten en los municipios de Juan C. Bonilla, Morelos, y San Andrés Cholula, Puebla, respectivamente, fueron suspendidas el lunes 4 de agosto por personal del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) y Policías Federales, quienes les incautaron consolas, micrófonos, computadoras y equipo de trasmisión.
En Radio Zacatepec, alrededor de 10 funcionarios dirigidos por el señor Raúl Leonel Mulhia Arsaluz entraron, con exceso de fuerza, portando un documento firmado por Director General Adjunto de Supervisión, Inspección y Sanciones de Radiodifusión del IFETEL. En éste fundamentan la incautación del siguiente equipo: un transmisor, dos micrófonos, un transformador, una CPU y una consola.
En radio Tlaxcalantcingo, tres patrullas de la Policía Federal bloquearon la calle donde se ubica la estación, además policías armados impidieron el paso peatonal y resguardaron el acceso a la cabina de transmisión. Por su parte, funcionarios del IFETEL advirtieron a los colaboradores, que en esos momentos se encontraban en la estación, que de no permitir el acceso harían uso de la fuerza pública.
Durante el desalojo que realizó la IFETEL a Axocotzin Radio, sus funcionarios mencionaron que el motivo de la incautación del equipo es porque su señal “interfiere con otras señales, así como la de los aviones”. Sin embargo, en el oficio IFT/DO2/USRTV/DGASIS/1361/2014 se señala que el motivo de la incautación es debido a que la estación de Radio Comunitaria “no cuenta con un permiso y/o concesión”.
“En todo el tiempo que llevamos operando no había ocurrido nada parecido”, informó Jaime Blanco, colaborador y conductor de Axocotzin Radio, quien comentó que las autoridades de IFETEL, en el oficio que les dejaron, les dieron un plazo de 10 días para presentar “pruebas y defensas” a su favor, con el fin de tratar de recuperar la señal y el equipo incautado.
Entrevistado por ARTICLE 19, informó que la suspensión de trasmisiones y la incautación del equipo, se da justo cuando Axocotzin Radio estaba dando cobertura a diferentes conflictos sociales generados en Puebla, como la inconformidad surgida por los pobladores de San Bernardino Chalchihuapan, Puebla, quienes exigen que regresen a su comunidad los servicios del registro Civil. Producto de este conflicto, un niño de 12 años murió al ser alcanzado por una “bala de goma” lanzada por la Policía Estatal durante una manifestación. Además, han informado de las inconformidades generadas por la construcción del gasoducto del Proyecto Integral Morelos (PIM).
De acuerdo a la «Declaración Conjunta sobre Diversidad en la Radiodifusión» , se debe promover la diversidad de los diferentes medios de comunicación como son las estaciones de radio comunitarias Zacatepec Radio y Radio Axocotzin.
De forma complementaria los «Estándares de libertad de expresión para una radiodifusión libre e incluyente» de la CIDH, evidencian la importancia de los medios comunitarios de radiodifusión en el derecho a saber de las comunidades, por lo que se exige el reconocimiento legal de los mismos a fin de garantizarles plenamente sus derechos de buscar, obtener y difundir toda clase de ideas o informaciones.
Finalmente, la Declaración Conjunta, establece con toda claridad que los funcionarios estatales deberían repudiar de manera inequívoca los ataques perpetrados como represalia por el ejercicio de la libertad de expresión, y deben adoptar medidas especiales de protección para los periodistas y comunicadores, así como asegurar que las agresiones contra la libertad de expresión estén sujetos a investigaciones y procedimientos judiciales independientes, rápidos y efectivos; y en consecuencia garantizar que las víctimas de delitos contra la libertad de expresión tengan acceso a reparaciones adecuadas.
ARTICLE 19 llama a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que realice la revisión de la legalidad de la actuación de las autoridades involucradas en las suspensión de trasmisión de Zacatepec Radio y Radio Axocotzin, ya que de los hechos se aprecia una actuación arbitraria que afecta el derecho a difundir ideas e informaciones y correlativamente el derecho de acceder a la información.
De la misma manera ARTICLE 19 exige al IFETEL garantice el debido proceso y en el momento de resolver sobre el asunto tome en cuenta los más altos estándares de derechos humanos en la materia, garantizando el derecho de las comunidades a buscar, recabar y difundir informaciones de toda índole.
ARTICLE 19 requiere que las autoridades garanticen la protección efectiva de los integrantes de Zacatepec Radio y Radio Axocotzin, incluyendo las acciones que impidan sean criminalizados por su ejercicio de libertad de expresión.