#COMUNICADO: En Puebla, órgano garante de transparencia, cómplice de opacidad
Puebla a jueves 07 de junio de 2014.- En mayo de este año, Ernesto Aroche, periodista de Lado B obtuvo un fallo positivo por el Juzgado de Distrito que exige a la Comisión de Acceso a la Información del Estado de Puebla (CAIP) pronunciarse sobre la entrega de información del gasto en publicidad oficial y comunicación social; pensiones y jubilaciones y servicios generales de la administración pública estatal que debieron otorgar la Puebla Comunicaciones y la Secretaría de Finanzas y Adminsitración del Estado a través de una serie de solicitudes de información realizadas en abril de 2013.
Sin embargo, la resolución de esta autoridad judicial ha sido impugnada a través de dos recursos de revisión, uno de la CAIP, supuesto garante del derecho a la información, y el otro de la Consejería Jurídica estatal, curiosamente ambas instituciones alegan lo mismo.
El recurso de revisión interpuesto por la CAIP es el reflejo de la falta de especialidad, autonomía y del servilismo respecto al poder público en detrimento de la transparencia y el derecho de acceso a la información.
La CAIP olvidó su obligación constitucional de publicar toda información relacionada con el ejercicio de los recursos públicos. Es decir, ignorando todos los avances que ha habido en la materia para garantizar efectivamente este derecho y hacer prevalecer el principio de máxima publicidad, ésta comisión olvidó su carácter de garante y se convirtió en la contraparte del ciudadano mandándolo a tribunales.
Contrario a lo que hizo, y a fin de garantizar el derecho a la información, la CAIP debió cumplir con el fallo del Sexto Juez a fin de determinar la entrega de información en la modalidad solicitada (vía electrónica).
ARTICLE 19 demanda a la CAIP y especialmente a su presidente José Luis Javier Fregoso Sánchez lo siguiente:
- Que explique públicamente a la sociedad las razones por las que decidió llevar a tribunales a Ernesto Aroche, quien en ejercicio periodístico busca informar a la sociedad sobre el gasto del gobierno del estado.
- Que su actuación, como órgano administrativo con facultades jurisdiccionales debe ceñirse a la garantía última de los derechos fundamentales y los principios de la transparencia y el acceso a la información, como el de máxima publicidad y no de intentar, a través de recursos jurídicos, la no aplicación de las obligaciones constitucionales.
Puebla se ha destacado por implementar prácticas intimidatorias y dilatorias para dar acceso a la información a sus ciudadanos, convierténdose en el campeón de la opacidad en lo que refiere al Índice de Acceso al Gasto en Publicidad Oficial de las Entidades Federativas.
Desde el sexenio de Mario Marín, la sociedad demanda conocer los montos destinados a este concepto y ahora el gobierno de Moreno Valle mantiene vigente este pendiente. Sin embargo, ARTICLE 19 no ha dudado en señalar, a través del INOGDAI, la capacidad de la CAIP para hacer bien las cosas. La actuación de esta institución en últimas fechas denota un retroceso en la garantía del derecho para el que fue creada. Casos como este evidencian una deconstrucción institucional que no es menor y merece un análisis detenido. En este caso, la CAIP tuvo la oportunidad clara de volverse garante del derecho y acatar lo indicado en la sentencia determinando la entrega de la información sobre el gasto ejercido en publicidad oficial y comunicación social; pensiones y jubilaciones; y servicios generales tal como le encomienda la Constitución.
ARTICLE 19 confía en que la determinación del Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (TCC) en Materia Administrativa en el que se encuentra radicado el recurso de revisión 245/2014 se apegue a derecho, sin que medie ningún tinte político en su resolución final.
ARTICLE 19 espera que ese TCC considere los avances que se han logrado para garantizar el derecho a la información.
Nota para prensa
Para mayor información, favor de contactar a contacto@articulo19.org o hablar al + 52 55 1054 6500 www.articulo19.org
ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.