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Tribunal ordena mantener oculto expediente militar de Tlatlaya

Ciudad de México, a 27 de junio de 2016.- A pocos días de cumplirse el segundo aniversario de la masacre de Tlatlaya, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Distrito Federal cerró la posibilidad de conocer el expediente penal militar integrado contra los militares implicados en los hechos. La sentencia en el expediente A.R. 31/2016 revocó lo ordenado en diciembre de 2015 por el Juez Primero en Materia Administrativa, quien había fallado a favor de Aristegui Online y ARTICLE 19, concediendo el acceso del equipo de investigaciones especiales a la averiguación penal militar seguida en contra de los seis soldados y el teniente procesados por esta masacre.

Con esta decisión, los tres magistrados hicieron votos a favor de la opacidad en el caso Tlatlaya, pues avalan que la Secretaría de la Defensa Nacional excluya del conocimiento público el expediente penal, soslayando así cualquier posibilidad de arrojar nuevas luces sobre los sucesos. Además, el Quinto Tribunal –el mismo que en julio de 2015 desechó en definitiva el amparo interpuesto por Carmen Aristegui tras su despido de MVS– impide que el sistema de justicia penal militar rinda cuentas, en particular que abra al escrutinio público su decisión de octubre de 2015, en la que exoneró a seis de los siete militares implicados.

Si bien la sentencia es preocupante, son más alarmantes los argumentos propuestos por la magistrada María Elena Rosas, quien fue la encargada de redactar el proyecto. Para la magistrada, y para sus pares que avalaron íntegramente su inventiva, no hay autoridad alguna que pueda declarar que Tlatlaya o cualquier otro caso similar se trata de graves violaciones a derechos humanos; a su entender, ni siquiera la propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos puede llegar a tal conclusión, pues legalmente está habilitada sólo para investigar hechos que puedan ser graves violaciones pero no así para concluir si se constituyeron o no.

En su galimatías, la magistrada no sólo ignoró que desde enero de 2015 los hechos de Tlatlaya son violaciones graves para la CNDH,[i] que la SEDENA reconoció y aceptó la Recomendación 51/2014 y que múltiples organismos internacionales consideran particularmente grave lo acontecido en Tlatlaya; sino que también dejó de lado antecedentes dados en el Poder Judicial a favor de desclasificar la información relacionada con este tipo de hechos. En otras palabras, la sentencia en comento cojea notoriamente tanto en hechos como en derecho.

Este tipo de decisiones ejemplifica con elocuencia lo expresado recientemente por Cristof Heyns. A más de dos años de su visita in loco oficial, el Relator de Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias aseguró nuevamente que en México “la falta de rendición de cuentas por las violaciones del derecho a la vida sigue siendo un grave problema que fomenta la percepción pública de impunidad y alimenta el ciclo de la violencia”.[ii] En casos de violaciones graves como Tlatlaya siguen pendientes las demandas que víctimas y sociedad hacen por verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

En tanto el sistema de seguridad y justicia no ha logrado aliviar la espiral de violencia que atraviesa México, ARTICLE 19 hace un llamado prioritario para que todas las autoridades, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos y el Poder Judicial de la Federación aseguren el acceso efectivo y oportuno a la información en materia de seguridad y justicia, en particular a la que se relaciona con violaciones graves de derechos humanos. Estamos convencidos que rompiendo el monopolio de la información y apuntalando el derecho a la verdad de las víctimas y sociedad se logrará acabar con el ciclo de impunidad.

[i]     CNDH, Comunicado de Prensa CGCP/007/15.

[ii]    Naciones Unidas, A/HRC/32/39/Add.2, Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca del seguimiento de su misión a México, 06 de mayo de 2016, párr. 64.

 

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al + 52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org.

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