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Tabasco, la cereza del pastel

México. D.F., a 8 de septiembre de 2011 (Blog Anticensura).- No son pocas las denuncias y señalamientos sobre la situación que guarda el ejercicio de la libertad de expresión. De 2006 a la fecha han sido asesinados 51 periodistas, otros 9 permanecen desaparecidos. Existen regiones en el país en donde no entra ni sale información. Por si esto no fuera suficiente, ahora el Estado mexicano además de incumplir la responsabilidad de esclarecer estos casos y de castigar a los responsables, en las últimas semanas han tenido lugar acciones de distintas instancias de gobierno que afianzan y profundizan las amenazas al ejercicio de la libertad de expresión en México.

Por ejemplo, el 26 de agosto se dio a conocer el arresto por parte del gobierno de Veracruz de dos usuarios de Twitter acusados de terrorismo equiparado por difundir los rumores de un posible ataque a un centro escolar. Por si fuera poco el lunes pasado Arturo Zamora, diputado federal y vicecoordinador de la fracción parlamentaria del PRI, presentó una iniciativa de ley para criminalizar la difamación electoral. La idea detrás de tal barbaridad era prohibir un discurso crítico contra partidos políticos, candidatos y precandidatos, entre otros. Buscaba, en otras palabras, meter a la cárcel a quien denostara a los candidatos o las instituciones políticas. Después de un día de intensas críticas, principalmente a través de las redes sociales, el Diputado Zamora por ese mismo medio anunció que la retiraba para evaluar de nueva cuenta su contenido. De haber sido aprobada en esos términos, hubiera constituido una restricción ilegal e ilegítima al derecho a la libertad de expresión, el cual por cierto, protege la crítica lacerante e inclusive mordaz en contra de partidos políticos o cualquier otra institución política. Hablar de “difamación de partidos políticos”, significa en términos legales reconocerles el “derecho a la reputación”, lo cual es una potestad exclusiva de las personas. Disparate jurídicos producto de ocurrencias políticas que abonan al clima adverso para la libre expresión en nuestro país.

Sin embargo, el disparate jurídico que se cocina en el Congreso de Tabasco es la cereza del pastel de agravios en contra de la libertad de expresión en México. El gobernador Andrés Granier, envió el pasado 5 de julio una iniciativa para tipificar el delito de “alarma social” para castigar con prisión de 6 meses hasta 5 años a quién “por diversos medios orales, escritos, electrónicos, o de cualquier otro tipo, difunda información falsa con el ánimo de causar alarma, perturbar la paz pública o el orden constitucional.”

La escueta iniciativa de 3 páginas argumenta que “los enfrentamientos entre bandas delincuenciales rivales” ha generado en la sociedad tabasqueña “una sensación de peligro e inseguridad” a pesar de los “duros golpes a la delincuencia organizada” asestados por las instituciones federales y locales, y que existen personas que aprovechándose de ello, “difunden de manera dolosa y con el único afán de causar alarma en la sociedad y perturbar la paz social, a través de mantas, cartulinas, llamadas telefónicas y diversos medios orales, escritos o electrónicos, información falsa; alterando gravemente la paz social”. (SIC) Por lo que se propone, “en aras de proteger a la sociedad de este tipo de conductas”, incluir en el Código Penal de esta entidad el capítulo VII relativo a los “delitos contra la seguridad interior del Estado”.

Ciertamente el derecho a la libertad de expresión puede ser restringido, pero dichos límites debe de ser prescritos por ley, pero no puede estar motivados por la ignorancia o caprichos de la clase gobernante. Las razones de restricción legítimas deben de buscar proteger el respeto de los derechos o la reputación de las personas, la seguridad nacional, la salud, la moral o el orden públicos. Si bien el gobierno de Tabasco busca restringir mediante una ley la libre expresión, sin embargo argumenta sin fundamento que dichas expresiones producen y promueven la sensación de peligro e inseguridad que padece la sociedad tabasqueña. Más allá de los dichos del gobernador, el vínculo entre las “expresiones dolosas” y la percepción de inseguridad tendrían que ser probado con evidencia empírica y objetiva. Hay expertos que señalan exactamente lo contrario. Por ejemplo, el Dr. Mauricio Meschoulam explica que “la percepción de que la información es ocultada o de que no se toman las medidas necesarias, incrementa la ansiedad pública”.

La protección de un bien jurídico, tales como los mencionados anteriormente deben de ser ponderados para demostrar el propósito legítimo y el efecto demostrable que tendría la restricción a la libertad de expresión. ¿Estamos seguros que la restricción propuesta por el gobernador Granier aminorará de manera sustancial la sensación de peligro e inseguridad? Sí es que estos requisitos se cumplen, la restricción del derecho a la libertad de expresión deberá contemplar una sanción proporcional por la vía civil.

No hay duda de que el derecho a la libertad de expresión es un derecho que puede ser restringido, sin embargo las fobias al escrutinio público o la ignorancia de los gobernantes no son razones suficientes para que como sociedad nos embarquemos en tan delicada travesía.

 

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