Skip links

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea representa una victoria para la libertad de expresión a nivel mundial

Ciudad de México, 24 de septiembre de 2019.- La organización ARTICLE 19, dedicada a la libertad de expresión, calificó el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el «derecho al olvido» como una victoria para la libertad de expresión. ARTICLE 19 dirigió una coalición con organizaciones de libertad de expresión que intervinieron en la audiencia del TJUE en el caso Google vs. la Comisión Nacional de Informática y Libertades (en francés CNIL).

El TJUE siguió las recomendaciones y dictaminó que los motores de búsqueda como Google no se verán obligados a aplicar el «derecho al olvido» en todo el mundo.

El director ejecutivo de ARTICLE 19, Thomas Hughes, dijo:

“Este fallo es una victoria global para la libertad de expresión. Las cortes o los reguladores de datos en el Reino Unido, Francia o Alemania no deberían determinar los resultados de búsqueda que los usuarios de Internet en Estados Unidos, India o Argentina puedan ver. La Corte tiene razón al afirmar que el equilibrio entre la privacidad y la libertad de expresión deben tenerse en cuenta al decidir si los sitios web deben ser desindexados, y también a reconocer que este equilibrio puede variar en el mundo. No es correcto que las autoridades de protección de datos de un país puedan imponer su interpretación a los usuarios de Internet alrededor del mundo».

Antecedentes del caso

La audiencia de la TJUE sobre el caso Google vs CNIL tuvo lugar el 11 de septiembre de 2018 después de que e tribunal administrativo más alto de Francia solicitó una aclaración en relación con el fallo en 2014 de Google España. Esta sentencia permite a los ciudadanos europeos pedir a los motores de búsqueda como Google que eliminen los enlaces a la información vinculada a su nombre que sea «inadecuada, irrelevante o … excesiva». Esto se conoce comúnmente como el «derecho al olvido». Si bien el contenido en sí permanece en línea, no puede ser encontrado a través de búsquedas en línea de forma individual.

Se solicitó al TJUE que aclarara si un tribunal o un regulador de datos debería requerir un motor de búsqueda para desindexar sitios web solo en el país donde tiene jurisdicción o en todo el mundo.

El regulador de datos de Francia, Commission Nationale de l’Informatique et des Libertes (CNIL), había argumentado que si defienden una queja de un ciudadano francés, los motores de búsqueda como Google no solo deberían verse obligados a eliminar enlaces de google.fr sino de todos los dominios de Google. Esto significa que los reguladores en Europa pueden decidir qué resultados de búsqueda puede ver el resto del mundo.

Intervención de ARTICLE 19

ARTICLE 19 dirigió una intervención compuesta por ocho organizaciones internacionales de libertad de expresión en que advirtieron sobre el daño potencial hacia los usuarios de Internet para ejercer su derecho para acceder a la información. Advirtieron que forzar a los motores de búsqueda a desindexar la información a nivel mundial sería desproporcionado. También argumentaron que el derecho a la privacidad y el derecho a la libertad de expresión debe equilibrarse cuando una corte o un organismo independiente decida desindexar un sitio web en su propio país.


Nota para la prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al +52 55 1054 6500 ext. 110

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

Leave a comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.