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Gobierno de Michoacán debe abstenerse de censurar a periodistas

Ciudad de México, 24 de febrero de 2017.- El gobierno de Michoacán ha emprendido acciones contra periodistas críticos en el estado. El 17 de febrero, sin motivo aparente, se canceló de forma definitiva el programa de radio de Jairo Cerriteño Ojeda, director de Monitor Expresso, después de que el medio no bajara una nota a petición implícita de Julieta López, coordinadora de Comunicación Social del gobierno estatal.

La nota retoma la entrevista al gobernador de Michoacán, Silvano Aureoles, que realizó Raúl Ventura Ortiz, director de la agencia de noticias Radio Latina 5.0, durante una reunión con migrantes en Chicago, Estados Unidos, el 15 de febrero.

Aureoles terminó abruptamente la entrevista al molestarse por los cuestionamientos del periodista sobre la situación de inseguridad y violencia en el estado. “Muchas de las opiniones que tú tienes es porque has entrevistado (a las autodefensas) y las he escuchado. Has entrevistado a delincuentes, a las autodefensas, yo las di de baja. Infórmate bien Raúl, infórmate bien, andas entrevistando a delincuentes y son tus fuentes. A mí no me hables sin conocimiento de causa (sic)”, dijo el gobernador a Ventura, antes de finalizar la entrevista.

Al tratarse de un tema de interés público, Monitor Expresso publicó al día siguiente la nota. El mismo día, Cerriteño Ojeda recibió una llamada de Julieta López, coordinadora de Comunicación Social del gobierno de Michoacán, quien le pidió el “favor” de ayudarla con “el manejo de la nota”.

ARTICLE 19 obtuvo el audio de la llamada y reproduce la conversación:

“ […]Julieta López: Pero quería comentarlo contigo, ¿no? Ver si había una posibilidad de que nos ayudaras con eso.
Jairo Cerriteño: ¿Pero ayudar en qué sentido?
Julieta López: Sí, en el manejo de la nota.
Jairo Cerriteño: Pero la nota ya la publiqué, Julieta.
Julieta López: Ajá.
Jairo Cerriteño: ¿Cómo lo podría hacer?
Julieta López: Ay Jairo, pues ya sabes.
Jairo Cerriteño: No. ¿Dime? O sea, ¿la quito?, ¿o cómo?
Julieta López: Si puedes ayudarme con este contexto que te estoy dando, para que no, el señor éste, eh, está, como te diré, aprovechándose de una situación para querer afectar al gobernador, ese es el tema, y sé que la nota la anduvieron desde anoche circulando pues, o sea en el afán de afectar, ¿no?, al gobernador, cuando la situación te digo fue realmente distinta, de lo que a mí el gobernador me comenta (sic).
Jairo Cerriteño: Ok. ¿Y esto no nos lo podría decir el gobernador en un pequeña entrevista en radio?
Julieta López: ¿Cómo?
Jairo Cerriteño: ¿No lo podría decir esto el gobernador en una entrevista en radio?
Julieta López: ¿En radio? No creo que el tema dé para eso.
Jairo Cerriteño: Ah ok, bueno.
Julieta López: No, no creo que el tema dé como para que lo tenga que precisar en una entrevista de radio, sinceramente.
Jairo Cerriteño: Ah ok, bueno entonces está bien.
Julieta López: Pero tú ve ahí, si es que se puede hacer algo, pedirte de favor, que yo también tendré en cuenta en cualquier situación también que se presente. ¿No?
Jairo Cerriteño: Ok, bueno, digo esperemos que no pero bueno.
Julieta López: Esperemos, pues si la verdad.
Jairo Cerriteño: Ok, ok. Gracias Julieta […]”

Luego de esta comunicación, el periodista no quitó la nota del portal de Monitor Expresso y entrevistó el mismo día en su programa vespertino “Así es la Noticia en Michoacán” a Ventura Ortíz para cuestionarlo acerca de la entrevista, de la que el video circuló en redess sociales, y para que diera su versión sobre lo ocurrido con el gobernador.

Al día siguiente, el 17 de febrero, y sin que se le diera razones, le informaron a Certeño Ojeda que su programa sería cancelado de forma definitiva.

El programa de radio se transmitía de 19:00 horas a 20:00 horas, de lunes a viernes, a través de las estaciones de Medios Radiofónicos de Michoacán por Clasics 99.1 FM (Morelia), 97.7 FM (Ciudad Hidalgo) y 106.5 FM (Pátzcuaro).

El pasado 11 de febrero, ARTICLE 19 publicó una alerta luego de que el Secretario de Seguridad Pública de Michoacán Juan Bernardo Corona Martínez amenazara a una reportera de ese estado.

En esa ocasión se hizo del conocimiento de ARTICLE 19 que Julieta López ordenó a medios de comunicación eliminar de sus portales toda nota o información relativa a esta agresión.

La coordinadora negó que la información publicada por ARTICLE 19 tuviera veracidad, afirmando que su relación con los medios de comunicación se basa “en el respeto mutuo, honrando la ética y profesionalismo”, esto a través de su cuenta de Twitter el 13 de febrero.

Es preocupante para ARTICLE 19 la forma en la que se conduce la Coordinadora de Comunicación Social de Michoacán con los medios de comunicación de ese mismo Estado, máxime ante las evidencias que pueden reflejar que la cancelación del programa de radio de Jairo Cerriteño sea producto de represalias o presión por parte de la funcionaria, quien en la comunicación que sostuvo con el periodista afirmó que tendría en cuenta “cualquier situación” luego de pedir que se le “ayudara” con el “manejo de la nota”.

ARTICLE 19 lamenta el contraste entre las declaraciones de la funcionaria pública encargada de coordinar la comunicación social del Estado de Michoacán a través de su cuenta de Twitter y los hechos suscitados con el periodista Jairo Cerriteño, que evidencian las prácticas constantes de intentar controlar la información que se da a conocer a la sociedad en general.

Asimismo, ARTICLE 19 exhorta al gobernador Silvano Aureoles Conejo a no criminalizar las fuentes de los periodistas, puesto que es muy delicada la afirmación que hizo en la entrevista con Raúl Ventura esto al referir en la parte final de la entrevista “andas entrevistando a delincuentes y son tus fuentes. A mí no me hables sin conocimiento de causa”.

En este sentido, el actuar del gobernador debe conducirse como garante de los derechos humanos contenidos en los cuerpos normativos nacionales e internacionales y no a través de discursos que tiendan a deslegitimar y criminalizar de primera instancia la calidad de las personas que fungen como fuentes de los periodistas.

Al respecto la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que:[1]

“[C]onstituye  un deber de las autoridades estatales, pronunciarse sobre cuestiones de interés público. Sin embargo,  al  hacerlo  están  sometidos  a  ciertas  limitaciones  en  cuanto  deben  constatar  en  forma   razonable,   aunque   no   necesariamente   exhaustiva,   los   hechos   en   los   que   fundamentan  sus  opiniones,  y  deberían  hacerlo  con  una  diligencia  aún  mayor  a  la  empleada  por  los  particulares,  en  razón  de su  alta  investidura,  del  amplio  alcance  y  eventuales efectos que sus expresiones pueden tener en ciertos sectores de la población, y para evitar que los ciudadanos y otras personas interesadas reciban una versión manipulada de  determinados  hechos.  Además,  deben  tener  en  cuenta  que  en  tanto  funcionarios  públicos tienen una posición de garante de los derechos fundamentales de las personas y, por  tanto,  sus  declaraciones  no  pueden  desconocer  éstos  ni  constituir  formas  de   injerencia  directa  o  indirecta  o  presión  lesiva  en  los  derechos  de  quienes  pretenden  contribuir a la deliberación pública mediante la expresión y difusión de su pensamiento. Este deber  de  especial  cuidado  se  ve  particularmente  acentuado  en  situaciones  de  mayor  conflictividad   social,   alteraciones   del   orden   público   o   polarización   social   o   política,   precisamente por el conjunto de riesgos que pueden implicar para determinadas personas o grupos en un momento dado.”

Del mismo modo, se recuerda al Gobierno del Estado de Michoacán que los medios indirectos de censura están prohibidos por nuestra Constitución y por distintos cuerpos normativos internacionales tales como la Convención Americana de Derechos Humanos y la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Tanto el artículo 7o de la Constitución de nuestro país como la propia Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 13 párrafo 3, establecen que no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

Del mismo modo, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión refiere en sus numeral 5:

“5. La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión.”

De acuerdo con todo lo señalado, el gobierno del Estado de Michoacán debe abstenerse de seguir violentando los derechos de las y los comunicadores de la zona, criminalizando las fuentes de los periodistas y a los periodistas mismos. También debe abstenerse de ejercer presión indirecta para controlar el flujo de información sobre hechos de interés público que puedan parecerle adversos o chocantes, pues ello vulnera el derecho a la información de la sociedad en general, y el derecho a la libertad de expresión  de los medios de comunicación y de los periodistas independientes, en lo particular.

Cabe recordar que todas las expresiones están protegidas por el derecho a la libertad de expresión, no solamente aquellas que puedan parecer inofensivas o indiferentes, sino también aquellas que puedan resultar chocantes, ingratas y hasta ofensivas, máxime cuando se trata de hechos de interés público.

ARTICLE 19 exige que de manera inmediata se eliminen las presiones y los discursos estigmatizantes que tienden a censurar la información en el Estado de Michoacán y se inicien las investigaciones correspondientes en contra de los funcionarios que han incurrida en esta práctica.

Asimismo, ARTICLE 19 hace un llamado al Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas para garantizar la seguridad de los periodistas de Michoacán, particularmente de todos los involucrados en el presente posicionamiento.

Para finalizar, se hace un llamado a la Comisión Nacional de Derechos Humanos a atender y otorgar las medidas precautorias solicitadas por esta organización el día 23 de febrero,  con lo cual, al igual que el Mecanismo, deben fungir como garantes de la seguridad e integridad de los periodistas que han dado su testimonio a ARTICLE 19.

[1]    Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Ríos y otros vs. Venezuela, Sentencia de 28 de enero de 2009,      (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas), párrafo 139

 

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al + 52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

 

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