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En la Séptima Sesión del Grupo de Trabajo del EPU en febrero de 2010 se le hicieron varias recomendaciones a El Salvador para proteger la Libertad de Expresión:

  • El gobierno debe, después de una consulta amplia con actores interesados, adoptar una ley de acceso a la información pública de acuerdo con estándares internacionales que garantice este derecho a la sociedad.
  • La Ley de Telecomunicaciones debe ser reformada para establecer un órgano regulador independiente para garantizar la asignación de frecuencias para el interés público. Eliminar la figura de la subasta como medio de asignación de licencias y transparentar este proceso, basado en criterios de interés público claros y preestablecidos, incluyendo la diversidad
  • Debe de desarrollarse órganos reguladores para adoptar un plan para la asignación de frecuencias de telecomunicaciones entre los tres tipos que deberían de estar contemplados –públicas, privadas y comunitarias. Medidas efectivas deben de adoptarse para programar la transferencia tecnológica de análogo a digital, como una medida para revertir o por lo menos contener la concentración de medios existente.
  • Los medios comunitarios deben de ser explícitamente reconocidos y promovido en la ley. La asignación de procedimientos de otorgamiento de licencias y sus reglas, deben de adaptarse a las a sus circunstancias particulares para que no compitan en contra de sectores privados para licencias.
  • Medidas necesarias deben de ser adoptadas para proteger periodistas y defensores de derechos humanos y otros comunicadores sociales de ataques que intentan silenciarlos. Y cuando se lleven a cabo agresiones llevar a cabo investigaciones efectivas para prevenir, investigar y castigar las agresiones que tienen lugar dentro de su jurisdicción. En particular en zonas rurales.
  • Debe de descriminalizarse la difamación y otras restricciones de contenidos de la libertad de expresión y deben de ser revisados para garantizar que cumplan estándares internacionales. Hay que adoptar medidas efectivas para proteger a los defensores de derechos humanos, periodistas y comunicadores.
  • La asignación de la publicidad oficial debe de estar sujeta a regulación para garantizar criterios objetivos y justos, a pesar de la línea editorial de los medios de comunicación.
  • Debe de adoptarse e implementarse una regulación legal para garantizar el derecho de réplica.

 

Socios

Asociación de Periodistas de El Salvador

Asociación de Radios Participativas de El Salvador

Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana «José Simeón Cañas»

 

Informe presentado al Consejo de Derechos Humanos con relación al Examen Periódico Universal de El Salvador en 2010

El Salvador ARTICLE 19, IDHUCA, APES and ARPAS Submission to the UN Universal Periodic Review

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