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Detención de periodista en Quintana Roo: ejemplo de fallas en protección a la prensa

Ciudad de México, a 6 de noviembre de 2020.- El 5 de noviembre elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Solidaridad, Quintana Roo, detuvieron a Raúl Fernández León, director del medio digital Descontento Ciudadano QR, y amenazaron de muerte a Leonardo Kumul, representante legal del medio en el municipio. Durante la detención de más de cinco horas, el sistema de protección de periodistas falló en sus obligaciones de reacción ante la emergencia. 

Alrededor de las 13:10 horas, Raúl Fernández, Leonardo Kumul y un colaborador del medio, cuyo nombre se reserva, identificaron un presunto abuso policial en la carretera Cancún-Tulum. En entrevista con ARTICLE 19, el equipo de Descontento Ciudadano QR reportó que dos elementos de la SSP habían detenido un vehículo y lo estaban inspeccionando sin causa aparente y contraviniendo la normativa constitucional mexicana en la materia[1]: “tenían al dueño del vehículo sin poder ver lo que estaban haciendo. Me detuve y comenzamos a grabar.”

En los videos compartidos a ARTICLE 19 se aprecia a los periodistas documentando el hecho y cuestionando al oficial sobre la justificación del retén. Al comenzar el cuestionamiento por parte de Fernández dejaron libre al sujeto y su vehículo pero acusaron a Fernández de obstruir la labor policial.

Violaciones en la detención del periodista

Al momento de la detención de Fernández, los elementos policiales intimidaron y amenazaron de muerte a los miembros de Descontento Ciudadano QR. Según lo relatado por Leonardo Kumul, tras llevarse a Fernández, los elementos de la SSP les dijeron a Kumul y su compañero “los vamos a matar” mientras golpeaban las ventanas del carro. Los policías les obligaron a salir del vehículo, le impusieron una multa, y les dejaron en la carretera sin capacidad de movilizarse.

En entrevista con ARTICLE 19, Fernández reportó que fue detenido en condiciones insalubres y sin respetar sus derechos. A pesar que indicó que las esposas le lastimaban el brazo los elementos policiales hicieron caso omiso.[2]Según su relato, al arribar a las instalaciones de la SSP su inspección médica fue incompleta. También reveló que no pudo reportar su queja satisfactoriamente con la Comisión de los Derechos Humanos de Quintana Roo (CDHQROO) dado que fue interrumpido el proceso por los mismos elementos policiales. De la misma forma, el periodista estuvo incomunicado por más de cuatro horas.

Para ARTICLE 19, es señal de alerta que elementos de la Policía Municipal, siendo garantes de los derechos humanos, reaccionen con detenciones ante ciudadanos ejerciendo su derecho a informar sobre temas de interés público. Cabe mencionar que la organización tiene documentadas al menos tres detenciones arbitrarias previas y amenazas de muerte contra miembros de Descontento Ciudadano QR.[3] Ante esto, ARTICLE 19 recuerda que los elementos de seguridad son funcionarios públicos quienes deben tener un mayor umbral de tolerancia ante el escrutinio público en acorde a los estándares interamericanos de libertad de expresión.[4]

Falta de reacción por parte del Mecanismo e instituciones de derechos humanos

A pesar de ser beneficiario del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, las autoridades no reaccionaron con debida diligencia en sus obligaciones de protección a Raúl Fernández y a su equipo de trabajo. Según el testimonio de uno de los colaboradores del medio, se comunicaron inmediatamente con RCU Sistemas, empresa contratada por el Mecanismo. Sin embargo, la empresa reportó que no se podía hacer nada por su situación dado que “la policía estatal y la guardia nacional no quieren ni quisieron apoyar”. Para las 17:02 horas, a pesar de que Fernández seguía incomunicado y de las amenazas reportadas por Kumul, la empresa indicó la finalización del evento y “su servicio de monitoreo”.

Durante el proceso de documentación de este caso, ARTICLE 19 recibió información tergiversada y contradictoria por parte de las autoridades. En sus comunicaciones con el Mecanismo, la CDHQROO y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)[5] la organización fue informada que el periodista había sido detenido por “no acatar medidas de salubridad en un filtro sanitario de Covid”. Las autoridades inicialmente reportaron a la organización que Fernández había rechazado su derecho a una llamada telefónica. Posteriormente, en una llamada a las 17:10 horas se le informó a ARTICLE 19 que el periodista ya había hecho uso de este derecho, situación que no ocurrió sino hasta 40 minutos después según los testimonios recabados.

Siendo Quintana Roo uno de los estados más peligrosos para la prensa[6], la falta de respuesta de las autoridades de protección en conjunto con las violaciones al debido proceso en la detención de Raúl Fernández León evidencian las fallas en el sistema de protección a periodistas y la vulnerabilidad que tiene la prensa en esta entidad.

En vista de lo anterior ARTICLE 19:

  • Exige a la SSP abrir una investigación interna para esclarecer los hechos, así como responsabilizar a los elementos que participaron en las agresiones y amenazas cometidas contra los miembros de Descontento Ciudadano QR. También urge a la SSP a verificar sus instalaciones y procedimientos con el fin de evitar futuras violaciones a los derechos de las personas detenidas.
  • Llama al Mecanismo de Protección a Personas Defensoras y Periodistas a reforzar los mecanismos de colaboración con las autoridades estatales y federales, con el fin de evitar el abandono de periodistas durante situaciones de emergencia. De la misma forma, llama a investigar la reacción de RCU Sistemas en el caso particular de Descontento Ciudadano QR.
  • Pide a la CDHQROO dar seguimiento a la apertura de la queja VA/Sol/284/11/2020 con el fin de emitir medidas cautelares que prevengan más ataques contra la integridad y labor periodística de los integrantes del medio.
  • Solicita a la Fiscalía Especial para Atender Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) atraer las denuncias presentadas por el periodista tanto del presente caso como de agresiones previas por elementos policiales tanto de Solidaridad como Benito Juárez y según sus facultades se combata a la impunidad de los ataques contra la prensa en la entidad.
[1] Ver el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente las justificaciones admisibles para retener a un individuo en los párrafos tercero (justificación de retención por orden orden de aprehensión), quinto (flagrancia), o sexto (en caso de urgencia).
[2] Video publicado en Descontento Ciudadano QR: https://www.facebook.com/groups/641716813301276/permalink/867715564034732/
[3] Ver alertas de ARTICLE 19: https://articulo19.org/detienen-amenazan-y-golpean-a-periodista-en-quintana-roo-continuan-hostigamientos/, https://articulo19.org/periodista-y-defensor-de-derechos-humanos-incorporado-el-mecanismo-es-victima-de-desaparicion-forzada-y-torturado-por-policias-municipales-en-quintana-roo/, https://articulo19.org/esposo-de-senadora-maribel-villegas-amenaza-a-reportero-en-quintana-roo/ y https://articulo19.org/article-19-exige-a-la-policia-municipal-y-de-transito-de-cancun-cesar-la-violencia-contra-el-comunicador-jorge-ugalde/.
[4] Ver CUADERNILLO DE JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Nº 16:LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y DE EXPRESIÓN – https://www.corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/cuadernillo16.pdf
[5] ARTICLE 19 también toma nota que a pesar de llamar al número general y al teléfono de guardia para Solidaridad de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de Quintana Roo (CEAVE), no pudo establecer comunicación.
[6] Ver https://articulo19.org/paraisoquecalla/ y actualización de agresiones al primer semestre 2020 https://articulo19.org/primer-semestre-de-2020-crecen-exponencialmente-las-agresiones-contra-la-prensa-y-continuan-los-asesinatos/

 

Nota para prensa

Para más información, favor de escribir a comunicacion@article19.org 

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.