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Derogar delitos contra el honor “no es oportuno” para el Congreso de Hidalgo

Ciudad de México, 26 de julio de 2018.- El Congreso de Hidalgo en su LXIII Legislatura, determinó este 26 de julio de 2018 no aprobar la iniciativa de ley que proponía derogar los delitos contra el honor en la entidad (calumnias y difamación) 1 , la cual fue presentada por la Diputada Mariana Bautista de Jesús el pasado 29 de mayo de 2018.

La Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia del Congreso estatal fue la encargada de realizar el análisis para aprobar o no dicha iniciativa. Sin embargo, esta Comisión presentó un dictamen que negaba la necesidad de derogar los delitos contra el honor, bajo el argumento de que la reforma “no era oportuna”, tomando como base, un análisis realizado por la Procuraduría de Justicia del Estado de Hidalgo2.

Así, con 14 votos a favor, 10 en contra y 3 abstenciones3, fue aprobado el dictamen elaborado por la Comisión referida. Es decir, con una mayoría de 14 votos 4, las y los diputados decidieron que los delitos de difamación y calumnias continúen vigentes en el estado de Hidalgo y con ello se siga restringiendo la libertad de expresión de forma arbitraria y desproporcionada.

ARTICLE19 ve con preocupación la decisión del Congreso, emitida sin considerar en debates las recomendaciones y sentencias de organismos internacionales de protección de derechos humanos 5 y de peticiones de organizaciones de la sociedad civil, que vertieron argumentos que demostraban que los delitos contra el honor vulneran la libertad de expresión y el derecho a la información tanto en sus dimensiones individuales como colectivas.

El pasado 04 de junio, tanto ARTICLE 19 y el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social (FLEPS), presentamos cartas a cada legisladora y legislador del Congreso de Hidalgo, exponiéndoles que el Derecho Penal debe ser el último recurso (ultima ratio) ya que prevé las sanciones más lesivas para la libertad de las personas y su uso arbitrario vulnera tanto la libertad de expresión y derecho a la información, como la libertad e integridad de voces críticas, las cuales son necesarias en toda democracia

Al día de hoy, en la misma entidad un ciudadano enfrenta un proceso penal por el delito de difamación, luego de que exhibiera probables conflictos de interés entre los principales accionistas de las constructoras del Fraccionamiento La Esmeralda, en Zempoala, y los principales funcionarios estatales encargados de supervisar y autorizar las obras tanto públicas como privadas en Hidalgo.

Tal como ha dicho la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el uso arbitrario del sistema penal genera ambientes adversos al ejercicio de los derechos, en este caso, los delitos contra el honor generan un ambiente de censura y silencio, lo cual se traduce en un efecto inhibidor para la libertad de expresión e información. Esta inhibición es contraria a las obligaciones que tienen todas las autoridades de proteger, respetar y garantizar todos los derechos humanos, conforme al artículo 1º de nuestra Constitución.

ARTICLE 19 exhorta a la próxima legislatura en el estado de Hidalgo, que ponga el tema en su agenda como debate prioritario, procurando el verdadero ejercicio de la libertad de expresión y de las libertades informativas, con el objetivo de consolidar una verdadera democracia sustantiva y no solo formal.

ARTICLE 19 mantiene la exigencia hacia todas las legisladoras y legisladores de las 8 entidades donde aún se encuentran vigentes los delitos contra el honor (Campeche, Colima, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Yucatán), a llevar a cabo su derogación, en cumplimiento de las recomendaciones y estándares internacionales, así como de sus obligaciones para proteger y garantizar los derechos humanos.


[1] Artículo 191 al 202 del Código Penal del Estado de Hidalgo.

[2]  Dictamen 320 de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia del Congreso del Estado de Hidalgo. Citado en la participación en tribuna de la Diputada Mariana Bautista de Jesúes, durante la sesión del 26 de julio de 2018 donde se discutió la iniciativa. https://www.youtube.com/watch?v=u1K5xfGYsAY

[3] Margarita Ramos Villeda del PRD; Santiago Hernández Cerón PAN y Daniel Andrade Zurutuza, PES

[4] 7 votos del PRI: Manuel Fermín Rivera Peralta; Luis Vera Cardón, Ernesto Vázquez Vaca, Ana Leticia Cuatepotzo; María Luisa Perusquía; Horacio Trejo Badillo, Erika Saab Lara; 3 votos de PVEM: Norma Alicia Andrade Fayad; Octavio de la Torre Sánchez; Luis Alberto Marroquín Morato; 4 votos de PANAL: Araceli Velázquez Ramírez; Marcelino Carvajal Ollver; Octavio de la Torre Sánchez; Ana Bertha Díaz Gutiérrez; Emilio Eliseo Molina Hernández

[5] Corte IDH. Caso Kimel Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de mayo de 2008. Serie C No. 177; Corte IDH. Caso Tristán Donoso Vs. Panamá. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de enero de 2009. Serie C No. 193; CIDH. Leyes de desacato y difamación criminal. Relatoria Especial para la Libertad de Expresión.


Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al +52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

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