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De nueva cuenta, Fiscal General de Veracruz viola libertad de expresión al bloquear a periodista en Twitter

Ciudad de México, a 5 de septiembre de 2018.- Un juez federal resolvió a favor de la periodista Neldy Patricia Rodríguez, después de que el Fiscal General del estado, Jorge Winckler, la bloqueara en Twitter y con ello violara su libertad de expresión.

La autoridad judicial concluyó que internet es un medio fundamental para que las personas ejerzan este derecho. Por esta razón es evidente que el Fiscal, al bloquear a la periodista @ydlan desde su cuenta @AbogadoWinckler, vulnera el ejercicio periodístico al restringir el acceso de la periodista a información de interés público.

La Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz justificó los actos de su titular y dijo, en respuesta a la demanda presentada, que el bloqueo se trata de un “acto personal”. Además, que lo compartido por Winckler en Twitter “no reviste un interés público” y que “la periodista pudo allegarse de la información a través de otros medios”. Sin embargo, las publicaciones del Fiscal reflejan las actividades llevadas a cabo en el ejercicio del puesto público que desempeña.

De la misma forma, el Juez de Distrito recuerda al funcionario público que la Constitución también exige que el Estado informe a las personas sobre aquellas cuestiones que puedan incidir en su vida o en el ejercicio de sus derechos (información de interés público), sin que sea necesaria alguna solicitud o requerimiento por parte de los particulares; y que es publicada en forma voluntaria por Jorge Winckler Ortiz, en su cuenta personal en la red social Twitter. Por lo tanto, al bloquear a un seguidor en dicha red social, violenta el derecho humano de éste a ser informado establecido en el artículo 6o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 13 de la Convención Americana sobre derechos Humanos, adoptada en San José de Costa Rica y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El amparo fue presentado por ARTICLE 19 con el acompañamiento de la abogada Adriana Fuentes, colaboradora de la organización Equifonía, Colectivo por la Ciudadanía, Autonomía y Libertad de las Mujeres, A.C.

La sentencia emitida por el Juzgado Décimo Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz –dentro del expediente 1407/2017– se suma al amparo obtenido este año por el periodista Miguel León Carmona, a quien el Juzgado Décimo Octavo de Distrito en el Estado de Veracruz, también concedió para efectos de que el mismo Winckler desbloqueara al periodista en la misma red social. Dicha sentencia fue impugnada por la FGE a través de recurso de revisión, misma que se encuentra en vías de ser atraída por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Es importante señalar que varias personas que desempañarán un cargo público (Javier Jiménez Espriú) o de representación popular (Napoleón Gómez Urrutia) han bloqueado a periodistas en Twitter, cuyas críticas les parecen incómodas. Así también ha sucedido con funcionarios del Instituto Nacional Electoral (INE) en el anterior contexto electoral. Bajo la lógica de los jueces federales en Veracruz, tales actos de bloqueo en redes sociales por parte personas con proyección pública o funcionarios públicos, constituyen violaciones a los derechos de libertad de expresión y acceso a la información.

Con lo anterior no se puede perder de vista la importancia del ejercicio de derechos humanos en internet, y la manera como las nuevas tecnologías de la información constituyen entornos o medios propicios para buscar, recibir y difundir información, ideas u opiniones de cualquier índole, en particular aquellas que revisten de especial interés público.

Derivado de lo anterior, ARTICLE 19 hace un enérgico llamado al Fiscal General Jorge Winckler Ortíz a abstenerse de seguir violando los derechos humanos a la información y la libre expresión de las personas, pues las dos sentencias que le han ordenado desbloquear a usuarios de dicha red social, son un claro indicativo de que existe uniformidad de criterios jurisdiccionales que consideran dicho acto como una violación a derechos humanos que inhibe el libre flujo de la información que comparte a través de Twitter. Asimismo, instamos a todo funcionario y funcionaria, así como cualquier cargo público a abstenerse de bloquear a personas, medios y periodistas de sus cuentas en redes sociales.

 

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al +52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión.

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