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ARTICLE 19 presenta informe especial sobre fabricación de falsas verdades en el sistema judicial y uso de la tortura

Ciudad de México, a 26 de noviembre de 2019.- ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica presenta el informe Fabricación de falsas verdades en el sistema de justicia penal. Las decisiones políticas y fisuras jurisprudenciales que sostienen la tortura, en el cual se debate por qué, aunque han sido tomadas decisiones a nivel formal para evitar y combatir la tortura, en la práctica ésta sigue cometiéndose a nivel nacional.

El uso de la tortura es un medio para la creación y sostenimiento de “verdades paralelas” creadas por las autoridades. Los medios de comunicación forman parte esencial de ese artificio al replicar información que ha sido generada a partir de la toma de testimonios o declaraciones que se realizaron utilizando la tortura. Esta práctica ha sido documentada en diversos casos de violaciones de derechos humanos, como ocurrió en el caso Iguala, de acuerdo con ONU-DH.

Según la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2016, la incidencia de tortura en México es del 73% sobre el total de arrestos de delitos del fuero federal y del 70% para el fuero común. A nivel nacional, la forma de tortura más utilizada es la amenaza de levantamiento de cargos falsos 52%, seguido por el desnudamiento 46% y patadas o puñetazos 45%.

La persistencia, a gran escala, de la tortura en México obedece a la acción y omisión de actores relevantes de los tres poderes públicos que, por medio de decisiones políticas y judiciales (falencias institucionales y fisuras jurisprudenciales), en conjunción a los medios de comunicación, determinan, respaldan, incitan o bien, encubren, a los niveles inferiores de acción que son los que perpetran materialmente los actos de tortura. […] En este contexto, el nuevo sistema de justicia penal sigue reproduciendo los problemas del antiguo sistema, entre ellos la violación de la presunción de inocencia y el uso de pruebas obtenidas con métodos contrarios a los derechos humanos y otras pruebas ilícitas. (extracto de informe)

El sistema de justicia penal continúa recurriendo a la tortura —especialmente en casos de relevancia mediática o política—  para construir “falsas verdades” y materializar “juicios mediáticos,” generando impunidad y un demérito al debido proceso y a los derechos, tanto de víctimas como de la sociedad, impactando en el derecho a la verdad y a la información. Ello ocurre a pesar de que la “respuesta oficial” ante la tortura, por parte del Estado mexicano incluye una serie de reformas legales complejas que deberían ser capaces de reducir la incidencia de tales prácticas.

En este informe se ofrecen, en primer lugar, algunas explicaciones de las razones de origen legislativo, jurisprudencial y administrativo que, pese a las innovaciones institucionales y legales producidas en México en las últimas décadas, permiten la persistencia de la práctica de la tortura y de las conductas de servidores públicos que la favorecen. Tal es el caso de la detención arbitraria en el sistema de justicia penal acusatorio.

En el informe se identifican además tres elementos recurrentes por los que la tortura continúa: 1) la tortura es una práctica común, normalizada, institucionalizada que se percibe como eficiente en las corporaciones policiales; 2) Hay insuficiente capacitación y profesionalización en las fuerzas de seguridad en temas de derechos humanos y ; 3) existe una exigencia de cuota a los policías en los que tienen que presentar al detenido.

La subsistencia de la tortura no tendría la dimensión que ha adquirido en México si obedeciera simplemente a abusos individuales de agentes del estado. Para que la tortura se generalice y perpetúe, es porque tiene apoyos “de arriba”. […]

La tortura sexual, en especial contra mujeres, es muy frecuente. El Estado mexicano ha sido condenado internacionalmente en más de una oportunidad por este tipo de violaciones y, no obstante, los casos continúan produciéndose. Los tribunales no investigan las denuncias de tortura, trasladando la carga de la prueba a las presuntas víctimas y, cuando lo hacen, las investigaciones presentan graves deficiencias, con lo cual se profundizan los altos niveles de impunidad. (fragmento del informe)

En el informe se describe cómo los datos derivados de la intervención de la CNDH en materia de tortura muestran una patente desproporción en relación con la magnitud del fenómeno. Asimismo, se muestra  la forma en que el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) sigue rutinas reducidas a la inspección de condiciones materiales en los lugares de detención, rehuyendo a actuar como un agente de cambio ante las causas que generan la persistencia de la tortura en México.

Se han detectado criterios jurisprudenciales que favorecen la impunidad o anuencia con prácticas de tortura cometida en las etapas iniciales de la investigación criminal. Esto es fundamental sobre todo en un contexto en que  en el que se conjugan tres circunstancias estructurales que fomentan la ocurrencia de la tortura:

1) La situación preexistente de recurrencia sistemática a la tortura por las fuerzas de seguridad;

2) La aún reciente puesta en marcha del sistema oral adversarial y, por tanto, la existencia de déficits en sus operadores, como se ha reseñado en las entrevistas a los expertos consultados en este trabajo;

3) La profundización (a pesar de las recomendaciones internacionales en el sentido contrario) de la asignación de fuerzas militares en tareas de seguridad interior.

Con este informe se pretende robustecer el debate público con elementos fácticos, normativos y analíticos sobre la persistencia de la tortura en México, profundizando en las responsabilidades y corresponsabilidades de los actores indicados para superar sus causas y evitar su impunidad.

El informe es el resultado del trabajo de un equipo interdisciplinario, coordinado por Mariana Gabriela Cendejas Jáuregui, integrado en la investigación por Juan Francisco Morey y María de los Ángeles Estrada González, con la colaboración de Marcela Hidalgo Jiménez, Karen Velez Martínez y Karina Huerta, y bajo la asesoría de Miguel Sarre.

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DEscarga el informe «Fabricación de falsas verdades en el sistema de justicia penal. Las decisiones políticas y fisuras jurisprudenciales que sostienen la tortura» en PDF aquí

 

Nota para prensa

Para mayor información, favor de contactar a comunicacion@article19.org o hablar al + 52 55 1054 6500 ext. 110 www.articulo19.org

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