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ARTICLE 19 documenta elevado número de agresiones contra mujeres activistas y periodistas en Cuba durante 2020

  • 21 mujeres activistas y periodistas sufrieron 248 eventos de agresión

 

Ciudad de México, 8 de marzo de 2021.- Hace un año, el 8 de marzo de 2020 el Presidente de Cuba Miguel Díaz-Canel Bermúdez expresó a través de su cuenta de Twitter en el marco del Día Internacional de la Mujer:

“A todas las #Mujeres, fuente, sostén, belleza y ternura de la vida, #Feliz8DeMarzo. Gracias por todo lo que entregan. Gracias por el amor. #DíaInternacionalDeLaMujer #SomosCuba #SomosContinuidad”

Además de adjetivar a las mujeres con los valores tradicionales que la sociedad históricamente les ha asignado, Díaz Canel mostró una actitud discordante con las condiciones que su gobierno ofrece a las mujeres de la isla, en especial a quienes hacen uso de la libertad de expresión.

En 2020, ARTICLE 19 documentó 248 agresiones contra mujeres periodistas y activistas en Cuba. En el caso de las mujeres activistas, estas se vieron afectadas por 92 eventos de agresión repartidos entre 10 mujeres distintas. De los eventos de agresión, el 78% se concentra en 3 mujeres vinculadas al Movimiento San Isidro, colectivo que reivindica las expresiones artísticas en ejercicio de la libertad de expresión.

Por otra parte, ARTICLE 19 documentó 156 eventos de agresión hacia mujeres periodistas. En este caso, 11 mujeres se reparten la totalidad de ese número concentrando entre 6 mujeres el 89.7% de las agresiones.

En el caso de las mujeres periodistas fue posible observar que el abanico de agresiones al que se enfrentan es más variado que el de las activistas, destacando amenazas, arrestos domiciliarios, campañas de desprestigio, citaciones oficiales, desalojos, detenciones arbitrarias, hostigamientos, interrogatorios, multas, restricciones para salir del país y supresiones de la conectividad a internet.

De todos estos tipos de agresiones, el 86% consistieron en arrestos domiciliarios y detenciones arbitrarias.

Por el lado de las mujeres activistas, fue posible registrar amenazas, arrestos domiciliarios, campañas de desprestigio y detenciones arbitrarias. En un sentido similar a las agresiones hacia periodistas, los arrestos domiciliarios y las detenciones arbitrarias concentran un 95 % de las agresiones.

En un análisis sobre las agresiones recibidas por mujeres activistas y periodistas se identifica a las y los agentes del Estado como el principal agresor, particularmente de la Policía Nacional Revolucionaria y del Departamento de Seguridad del Estado, con el fin de desmovilizar y desarticular actos de protesta

Asimismo, al evitar que las mujeres salgan de sus domicilios, ya sea colocando personal de los cuerpos de seguridad en el exterior, al detenerlas durante una protesta, o bien al realizar una cobertura periodística, el gobierno de Cuba obstaculiza el flujo de información con el objeto de imponer una sola narrativa sobre los hechos, utilizando para ello los medios de comunicación que son propiedad del mismo Estado.

En relación con las detenciones arbitrarias, existe información proveniente del Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Cuba de 2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde señala que se han presentado malos tratos hacia las mujeres detenidas, manifestándoles cosas obscenas y desagradables, obligándolas a desnudarse y colocarse en posiciones humillantes[2], además de usar la fuerza de manera excesiva.[3]

Este tipo de actos tienen como propósito ejercer un tipo de violencia diferenciada que pretende amedrentar a las mujeres con la posibilidad de que las obscenidades, la exigencia de desnudarse o realizar alguna posición, escalen hacia formas más profundas de violencia sexual.

En el marco del Día Internacional de la Mujer, ARTICLE 19 llama públicamente al gobierno de Cuba a eliminar todo tipo de violencia contra las mujeres, en especial aquella que tiene por objetivo coartar el derecho a la libre expresión y el derecho de reunión y manifestación pacífica. 

Para ello, es imprescindible que el Estado implemente acciones contundentes para establecer condiciones que garanticen el ejercicio de los derechos humanos con perspectiva de género e interseccional. Una de ellas, entre las más urgentes, es el abstenerse a descalificar públicamente la labor de las periodistas, activistas y artistas, señalándolas como una amenaza al régimen, aliadas a actores externos que buscan desestabilizar al país, e incluso como terroristas.

La libertad de expresión como derecho fundamental debe ser garantizado a todas las personas, en particular a aquellas que se encuentran en mayores condiciones de vulnerabilidad para ejercerla, como son las mujeres, las mujeres afrodescendientes y las mujeres en condición de pobreza.

Además, es fundamental que el Estado cubano firme y ratifique la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, “Convención de Belem Do Para”.

Finalmente, existe una necesidad imperante de adoptar definiciones jurídicas generales de todas las formas de discriminación contra las mujeres acorde con los estándares interamericanos y universales en la materia, producir de manera periódica información estadística sobre la violencia que se ejerce contra ellas, reforzar esfuerzos en materia de prevención de la violencia y de crear instancias autónomas de protección a los derechos humanos con perspectiva de género.

El compromiso asumido por el gobierno de Cuba al ocupar un espacio en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas exige una actitud y medidas acorde con la defensa y promoción de los derechos humanos y la prevención de la violencia hacia las mujeres.


[1] OEA, Situación de los Derechos Humanos en Cuba página 75, párrafo 180 http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Cuba2020-es.pdf
[2] Ibid, página 87, párrafo 205 http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Cuba2020-es.pdf
[3] Ibid, página 76, párrafo 183 http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Cuba2020-es.pdf

Nota para prensa

 Para más información o agendar una entrevista, favor de contactar a Juan Vázquez, Oficial de Comunicación, al teléfono 5545881166 o al correo jvazquez@article19.org

ARTICLE 19 es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión